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M
Malmicaro
21/02/2024 13:05

Convocar 25% propietarios

¿Es obligatorio pedirle primero al presidente que convoque la asamblea?

509 lecturas | 6 respuestas
Buenos días, en la comunidad donde vivo queremos hacer una extraordinaria convocando el 25% de los propietarios.
Hemos preguntado a distintos profesionales y cada uno nos dice una cosa distinta.
Queremos saber si es obligatorio pedirle primero al presidente que convoque él.
En el art. 16.2 de la LPH no dice que sea obligatorio. Por esto, no entendemos de dónde sale que tengamos que pedírselo y darle un plazo.
¿Alguien me puede aclarar esto?
Gracias
 
carolinevega
carolinevega
21/02/2024 22:39
La ley no indica que tenga obligación alguna de dar por escrito lo que va hacer.
Por lo cual tenga por seguro que no lo hará
 
ARV1
ARV1
21/02/2024 21:22
Si le firma que no la convocará tienen las manos abiertas para convocarla, pero eso lleva su proceso. La conoce usted?
 
M
Malmicaro
21/02/2024 19:19
Sí, ya tenemos muy mala experiencia con ella. No quiero alargarme. Hemos pensado en un escrito dándole al presidente las dos opciones y que nos firme una. Sí nos firma que no quiere convocar, supongo que nos bastaría para hacerlo, no?
Gracias
 
ARV1
ARV1
21/02/2024 14:40
Comuniquenle de forma fehaciente que quieren una junta extraordinaria para tratar el estado de la comunidad y cambiar los órganos de gobierno de la comunidad y que si no la convoca en el plazo de 10 días, serán los propietarios con el 25% requeridos. Si no lo firma, que al menos existan testigos de su negativa.
De todas formas si el administrador es profesional no les será fácil. No son personas dóciles que suelten la presa fácilmente.
 
M
Malmicaro
21/02/2024 13:59
Se me olvidó decir que es para destituirlo a él y cesar a la administradora.
Si le hacemos un escrito donde nos firme que no va a hacerla, ¿Valdría sin tener que dar un plazo?
 
ARV1
ARV1
21/02/2024 13:15
Si, deben pedirlo a él la convocatoria de una junta extraordinaria con el orden del día propuesto por ustedes y delen un plazo razonable para convocarla (10 días sería razonable, salvo que se trate de una situación urgente) y adviertale que si no la convoca, serán ustedes, ese 25% de propietarios la que la convocarán.
 

Fin del hilo
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