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CONVOCATORIA DE JUNTA ORDINARIA

¿Puede el Vicepresidente convocar Junta Ordinaria en una comunidad de propietarios?

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Puede el Vicepresidente de una comunidad de propietarios convocar Junta Ordinaria, o es solo facultad del Presidente, y en su caso del 25% de los propietarios.

Hago esta pregunta porque en mi comunidad el Presidente se niega a convocar junta ordinaria, y es dificil conseguir el 25% de las firmas necesarias para dicha junta, el Vicepresidente esta dispuesto a convocarla pero no estamos seguros si puede hacerlo.

Gracias.

 
A
administradormajadahonda

Legalmente como bien dices, el único que tiene la potestad de convocar una junta general ordinaria o extraordinaria es el Presidente, o bien un número de propietarios que representen el 25 % de las cuotas de participación.

Requerirle al presidente vía burofax para que convoque y pedirle explicaciones del por que no la convoca, haciéndole responsable de las posibles consecuencias que su negativa pudiera ocasionar a la comunidad.

 

Fin del hilo
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