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Ivan251210
19/04/2024 19:29

Puerta externa de comunidad

¿Podemos poner una segunda puerta en el callejón para evitar la entrada de personas no deseadas?

476 lecturas | 6 respuestas
Somos una comunidad de vecinos el cual hay personas mayores y enfermas, tenemos un callejón amplio y de grandes dimensiones y de unos 50 metros de largo en el principio del bloque no tenemos puerta y si al final y justo en medio de dicho pasillo hay un tragaluz que dan las ventanas de la mayoría de vecinos; Los fines de semana y festivos es un desmadre y entra todo el que quiere para cobijarse del frió, la calor y la lluvia pero para mas problema la calle al ser peatonal y haber bares al rededor los niños entran a jugar y hacer destrozo en macetas y buzones... La cuestión es que necesitamos poner una puerta exterior para que no entre nadie y poder estar tranquilos sin ruidos de niños ni personas bebiendo de los bares que se meten como perro por su casa. El problema es que hay un vecino que no está de acuerdo con poner la segunda puerta y que según el la ley lo prohibe, es verdad podemos ampararnos a algo?
 
L
legocito
23/04/2024 21:31

La NNSS son las normas urbanísticas subsidiarias, es lo primero que se le ha recomendado, que acuda al ayuntamiento urbanismo a comprobar si tiene alguna objeción para que se coloque esa puerta. Respecto a la comunidad y a tomar un acuerdo comunitario al respecto, es independiente, se puede tomar y luego al momento de solicitar licencia si se la denegasen, posiblemente se pueda impugnar, todo hay que valorarlo con un abogado que les guie. Normalmente, si no es una zona protegida en el PGOU se pueda conseguir algo.

 

Fin del hilo
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