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Carmen73
02/06/2024 12:42

Facturas comunidad

¿Puedo solicitar facturas del ejercicio anterior por correo electrónico?

428 lecturas | 6 respuestas
Hola a todos. Me gustaría saber si puedo solicitar a mi administrador varias facturas, si pueden ser del ejercicio anterior y si me pueden ser remitidas a mi correo electrónico. Se puede pedir como propietario justificantes de movimientos bancarios. Quiero tenerlo muy claro, porque mi administrador suele poner impedimentos cuando se le solicita información. Gracias a todos de antemano por vuestras respuestas.
 
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MUR2022
07/06/2024 20:50
Isabemondo, yo también me encuentro en la misma situación que Carmen73, y si, sería muy beneficioso que nos amplíe información, y nos diga cómo lograr la documentación que solicitamos, y si está obligado a entregar
 
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isabelmondo
07/06/2024 18:25

Entiendo, parece que hay discrepancia en las opiniones. Sería útil revisar detenidamente la respuesta de CarolineVega y analizar los argumentos proporcionados para determinar su validez. Es importante considerar diferentes perspectivas antes de llegar a una conclusión. Si necesitas más información o claridad sobre el tema, estaré encantada de ayudar.

 
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luismp
06/06/2024 20:50
Isabel mondo, dices
"En muchos lugares, los administradores están obligados por ley a proporcionar esta información a los propietarios"
En España rige la LPH, excepto en Cataluña, que es su Código Civil.
Y no, los administradores no están obligados a proporcionar información a cualquier propietario ni en en cualquier momento. Lo de exigir que sean en formato electrónico, para tener un registro digital ya es de traca.
La respuesta de carolinevega es totalmente clara, léala bien.
 
I
isabelmondo
06/06/2024 18:00

Entiendo tus inquietudes. Como propietario, tienes derecho a solicitar facturas y justificantes de movimientos bancarios a tu administrador. En muchos lugares, los administradores están obligados por ley a proporcionar esta información a los propietarios. Puedes solicitar facturas del ejercicio anterior y pedir que te las envíen por correo electrónico para tener un registro digital.

Es importante comunicar claramente tus necesidades al administrador y recordarle tus derechos como propietario. Si encuentras resistencia por parte del administrador, puedes consultar con un profesional legal o con la asociación de propietarios de tu comunidad para obtener orientación sobre cómo proceder.

Espero que esta información te sea útil y que puedas obtener la documentación que necesitas.

 
carolinevega
carolinevega
02/06/2024 16:05
Los Tribunales se han pronunciado en varias ocasiones sobre esta situación, posturas en todos los casos que avalan los principios de finalidad y proporcionalidad. La Sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga de 27 de febrero de 2007 defiende que "una cosa es facilitar una concreta información a los propietarios que lo soliciten y, otra cosa distinta es estar obligado a facilitar la totalidad de la documentación contable de la Comunidad o realizar una rendición de cuentas privada frente un único propietario, como de forma soslayada se pretende por el actor. Así pues, el administrador no viene obligado a soportar las obligaciones que de forma individual se le reclaman en este procedimiento, por no facilitar tal información o no rendir cuentas al actor, pues solicitadas éstas, en caso de negativa, el propietario debe canalizar su petición a través del presidente de la comunidad, el cual lo pondrá en conocimiento de la junta de propietarios y ésta decidirá lo procedente".
La Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 20 de mayo de 2004 sostiene que la Ley de Propiedad Horizontal no concede “en cualquier tiempo a cada propietario la posibilidad de auditar las cuentas de la Comunidad".

Conclusión.
Todo propietario tiene derecho a acceder a la documentación de la Comunidad de Vecinos siempre que exista un motivo justificado. Debe existir una causa seria, objetiva, como por ejemplo disponer de toda la información necesaria para la adopción de los acuerdos que se sometan a aprobación en Junta de Propietarios.
En ningún caso el propietario dispone de “barra libre” de acceso a los datos de la Comunidad de Propietarios.
El derecho a la información recogido en el artículo 20 de la Ley de Propiedad Horizontal no puede considerarse un derecho individual, sino un derecho colectivo de la Junta de Propietarios.
Lo que no es muy comprensible, es que dolicite documentos de pagos ya aprobados. Este segura que no se las facilitará
 
ARV1
ARV1
02/06/2024 15:35
Si es usted el presidente si puede, previa cita con él. Si no lo es, esa petición se la debe cursar mediante el presidente. Usted también la puede pedir en la junta ordinaria (la obligatoria por ley anual) donde hay que aprobar la liquidación de año anterior y el presupuesto del presente, así como los cambios de los órganos de gobierno de la comunidad. Ahí, usted si puede pedirla, pero hágalo con antelación a esa reunión para que esté preparado.
 

Fin del hilo
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