Volver al foro
O
Olivervega
05/10/2024 21:59

Quien tiene que pagar.

¿Es normal presentar dos grupos de gastos en la administración de cuentas?

491 lecturas | 12 respuestas
Hola, la administración cuando presenta las cuentas, presenta 2 grupos, uno lo llama gastos comunitarios y el otro gastos de propietarios.
En el 1 grupo están los gastos de la luz, del seguro, mantenimiento de extintores, etc.
El 2 grupo dice gastos de propietarios a partes iguales, y son los gastos de adminastracion, el IRPF, y el iva de administracion y material de oficina.
Decir que siempre los gastos eran por coeficiente y desde que la contrataron varias propietaria a esta administración pasa esto.
La respuesta por parte de la administración es que a ella le tienen que pagar la comunidad a partes iguales?
Mi pregunta esta todo bien echo.
es normal hacer dos grupos de gastos, uno por coeficiente y otro los propietarios a parte iguales.
Un saludo.
 
P
P0liPl0s
07/10/2024 18:26

Como dice luismp, la obligación de aplicar una retención (que no es un descuento, sino un dinero que como Comunidad recaudas para pagar a Hacienda en nombre del Administrador), sólo aplica para profesionales, no para empresas. En su caso, los Administradores han sido siempre sociedades. 

 
ARV1
ARV1
07/10/2024 17:52
Hola Poliplos.

Después de las típicas ampollas, ducha y un poco de relax te contesto.

Lo primero agradecerte ese información que me enlazas.

Lo segundo es que tras verificar las liquidaciones de dos administrador que tengo, ninguno hace aplicación o descuentos de IRPF. Si hacen el de IVA 21% por la prestación del servicio, pero de IRPF no lo hace. Y por ello me extraña ese descuento siendo un impuesto de renta.

Un saludo.

 
P
P0liPl0s
07/10/2024 05:25

Como, según parece, no ve usted claro el concepto, le dejo aquí esto, que puede ayudarle:

https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V1279-22

 
ARV1
ARV1
06/10/2024 23:11
Más sobre IRPF. Impuestos Renta Personas Físicas. Si ustedes le pagan a él ese impuesto, que después le viene reflejado en su declaración de renta como que él lo ha pagado, pero que han sido ustedes, qué impuestos paga él. Todo sus ingresos es dinero limpio, sin haber estado sujeto a retención por rendimiento del trabajo.
Tengan cuidado con este admiatracador que os está tocando el bolsillo. Pídanle explicaciones.
 
L
luismp
06/10/2024 15:22
Parece que hay unanimidad respecto a qué todos los gastos deben ser repartidos por coeficiente, y que es erróneo el que algunos sean a partes iguales.
Respecto al tema del IVA, es curioso que la mayoría de administradores contabilizan todas las facturas por el importe total (IVA incluido), excepto en la factura de sus honorarios, donde desglosan la base imponible y el IVA, como dos gastos.
Y respecto al IRPF que se retiene al administrador, y a otros profesionales, no es un gasto, es un importe que se retiene y posteriormente se ingresa en Hacienda. Es un problema, típico también en las nóminas con el IRPF y la Seguridad Social, causado por contabilizar con criterio de caja, no de devengo.
 
ARV1
ARV1
06/10/2024 13:01
En el documento de contratación del servicio se informó de ese dato:
Honorarios + IVA???
NO, pues ya va incluido.
SÍ, que tipo aplicable? (X). En este caso sí se debe aplicar y mediante factura.
Figuraba ese dato???
 
P
P0liPl0s
06/10/2024 11:41

Lo del IVA es completa y perfectamente normal y legal. No está incluido en sus honorarios, puesto que no lo cobra. Y es habitual que así conste en las cuentas (por separado).
Lo del IRPF, habría que ver si se trata de una reducción (retención) en su factura y la Comunidad debe ingresarlo en Hacienda. No sería un añadido. Si es un sobrecoste, hablamos.

 

 
ARV1
ARV1
06/10/2024 11:26
Es otro problema que generan los administradores.

Usted dice que además de sus honorarios, les paga el IRPF (esto es un impuesto por su trabajo y que pagamos todos los trabajadores, y él debe de pagarlo también y no ustedes) el IVA, (éste profesional, qué vende???) aceite, pan, coches?. Un panadero cuando le vende una baguette, qué pone en el ticket? 4% de IVA. El administrador qué le vende??? Su servicio??? Pues ya lo lleva en sus honorarios. Mire todo estos sobrecostes, me gustaría saber QUÉ DECLARA pero me lo supongo.
Sobre los gastos de papelerías. Cuánto os clava a cada uno??? De verdad lo gasta? Lo justifica con tickets??? NO. Esto son "generalmente" ingresos en negro para él, no lo declara.
Mire, ustedes han contratado a un admiatracador previo precio concertado en las condiciones que en su momento les informó. Figuraban todos estos conceptos???. Apuesto a que NO.

Gastos a partes iguales. La ley es clara en éste punto, todos los gastos se ha de repartir por coeficientes. Pero es más fácil para él hacerlo a partes iguales. Total a pagar (todo lo que os mete) dividido por el número de propietarios, y ya está.

CUIDEN SU PATRIMONIO!!!.
Después de sus seres queridos, seguramente es lo que más valor tenga en sus vidas y lo que mayor esfuerzo les haya costado conseguir y dejar a merced de un desconocido su control, puede dar dolores de cabeza y bolsillo. Cuidado con esto.
 
P
P0liPl0s
06/10/2024 09:50
Cita:

La administración dejó bien claro que los gastos se hicieran así a pagar a partes iguales los propietarios, todos los gastos de administración.

No tiene sentido. Si ustedes pagan por coeficientes, deberían pagar los honorarios de administración por coeficientes. Y no supone ningún perjuicio ni complicación para su Administrador. 

 
O
Olivervega
06/10/2024 09:44
Hola, los estatutos dicen que los gastos serán por coeficiente.
Siempre ha sido así.
La administración dejó bien claro que los gastos se hicieran así a pagar a partes iguales los propietarios, todos los gastos de administración.
Mis dudas son porque no se paga todo por coeficientes, yo y varios estamos pagando más dinero de lo que corresponde.
 
P
P0liPl0s
05/10/2024 23:54

Coincido con la respuesta de luismp. 
Y después, añado:

"y desde que la contrataron varias propietaria a esta administración pasa esto."

¿Cómo? ¿Qué quiere decir que la contrataron varias propietarias? La contratación debe ser por la Comunidad. 

 
L
luismp
05/10/2024 23:40
Tendrán que ver que dice la División Horizontal, o los Estatutos.
Pero pueden estar casi seguros que dicen por coeficiente (lo más habitual), o a partes iguales (mucho menos frecuente), pero no unos gastos de una forma y otros de otra.
 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento