Buenos días,
Les escribo en relación con una duda sobre unas obras en una comunidad de vecinos, ya que no encuentro la respuesta en la LPH (Ley de Propiedad Horizontal), ni en jurisprudencias.
Estamos realizando el IEE (Informe de Evaluación de Edificios) en un edificio de 60 años y han salido a la luz defectos importantes que requieren subsanación debido a que el informe fue desfavorable.
Las obras deberán realizarse en un local (un bar) que está alquilado. El inquilino tendrá que cerrar el local durante toda la duración de las obras, estimadas en unas 3 o 4 semanas.
El inquilino nos ha preguntado quién debería indemnizarle por el tiempo en que deberá cerrar.
Mi duda es la siguiente: ¿Es obligatorio indemnizar al inquilino y, en caso afirmativo, ¿quién debería hacerlo, la comunidad de propietarios o simplemente el propietario del local?
Gracias por su ayuda.