Las claves del asunto:
Cuatro NIF, cuatro entidades independientes:
Si el parking tiene un NIF propio, es un aspecto a considerar; esto lo convierte en una entidad autónoma, jurídicamente separada de las tres comunidades. Por lo tanto, salvo que exista un acuerdo claro que indique lo contrario, el parking debería asumir sus propios costos.
¿Uso común o propiedad independiente?
¿El parking es propiedad de las comunidades o una entidad que se gestiona de manera separada? Si las comunidades son copropietarias del parking y lo utilizan, puede plantearse un reparto proporcional de los gastos. De no ser así, el Administrador B tiene toda la razón para negarse a que las torres asuman ese costo.
Todo depende de los estatutos o acuerdos que rijan la relación entre las torres y el parking. Si no existe nada por escrito que obligue a las comunidades a costear mejoras en el parking, no hay discusión: el Administrador A deberá buscar otra solución.
La lógica aplastante de la responsabilidad:
La normativa es clara, sí, pero obliga al titular del parking. Si este es una entidad separada, el debate termina: paga el parking. Sin embargo, si se demuestra que las comunidades se benefician directamente de ese espacio, la situación cambia y será necesario negociar.
Soluciones prácticas:
Es fundamental revisar estatutos, acuerdos y cualquier documento firmado. Si no existe nada que obligue a las comunidades a contribuir, el Administrador A deberá aceptar que el parking asuma el costo de su propia modernización.