Ocurrido en Barcelona en 2010. Hecho real.
Hechos: D. Hernán y su pareja están en el balcón (ambos inquilinos). Ella hablando por el móvil y él en una actitud amorosa. A esto, al apoyarse en la balaustrada (barandilla de obra) ésta se rompe y ambos caen a la calle teniendo que ser trasladados al hospital con contusiones serias, pero curables tras tratamiento.
Se da el caso que días antes, D. Hernán observó grietas pequeñas en la balaustrada cosa que informo a D. Íñigo (administrador) y éste aviso al industrial de costumbre D. Fidel. Éste último a los tres días se personó en la morada de D. Hernán para verificar el estado de esas grietas y manifestó que eran fisuras sin importancia ya que solo afectaba al rebozado.
D. Hernán una vez recuperado interpone demanda sobre la comunidad y sobre D. Íñigo.
En las defensas de los demandados intervienen las compañías aseguradoras Mariffe y Catalina la Grande (nombres ficticios para no hacer propaganda, ni para lo bueno ni para lo malo).
Como hecho relevante cabe destacar la defensa de D. Íñigo por Catalina la Grande que argumenta (entre otros puntos):
3) De la prueba se desprende la inexistencia de responsabilidad profesional del Administrador de Fincas inexistencia de defectos constatados en la finca. No existe ningún dictamen pericial que acredite la causa o motivo del desprendimiento.
4) Aplicación indebida de la legislación y la jurisprudencia. Al Administrador de fincas no se le puede aplicar la inversión de la carga de la prueba. Ni la responsabilidad cuasi objetiva. El administrador sólo debe verificar una incidencia con un técnico, informando a la Comunidad
5) Culpaexclusiva de la víctima y su compañera de piso. Estaban apoyados uno encima del otro sobre una zona de la balaustrada, ejerciendo de palanca, y fue esa parte de la balaustrada la que se desprendió. (D. Herman esto lo negó, pero si que se apoyó con ella sobre la fachada como él manifestó).
La pregunta: Quién fue condenado por este accidente.
A) Don Herman al apalancar a su pareja en el lugar del suceso? Aunque él lo negó.
B) La Comunidad por no atender conveniente los defectos del edificio cuando era conocedora de la anomalía.
C) D. Íñigo, el administrador y defendido por su seguro (posiblemente puesto por el sindicato). El cual mandó a D. Fidel para verificar el estado de la balaustrada?
D) D. Fidel, el albañil que no es técnico aunque con experiencia (así figura la sentencia)?
E) El portero, como vigilante de la comunidad que debió advertir del estado del edificio a D. Bruno (el presidente).
La sentencia de la Audiencia salió en 2017. Sí, la justicia es lenta en España
Los hechos son ciertos y tómenselo con humor (por favor).
Alguna idea de a quien culpar? Se sorprenderán de la respuesta o sentencia.
Un saludo.