Volver al foro
P
pe231dro
17/12/2024 10:55

Soy victima de la Okupación mirad lo que me ha pasado. Pido consejos.

¿Cómo los Okupas tienen luz en mi casa si no está a mi nombre?

270 lecturas | 13 respuestas

Me Okuparon la casa, si yo diese de Baja la luz, yo cometería un delito, pero tampoco quiero que los Okupas tengan luz cargándola a mis costillas, es más, me gustaría que se quedasen sin luz en la casa, para ver sí se han desaniman y se van, por lo cual al tiempo que puse una puerta blindada en el cuarto de contadores de la luz, para que los okupas no enganchasen la luz a la compañía, también dejé sin pagar los recibos de luz. Cada recibo de luz tiene una fecha límite de pago. Lo normal en estos casos es que cuando se acumulen varios recibos sin pagar corten la luz. Llamé a la compañía para que me informasen del último recibo que me reclama la compañía y me encontré con la sorpresa de que en esa compañía ya no existo porque alguien ha cambiado de compañía de la luz. Al mismo tiempo me dijeron que la nueva compañía que era “Xxxx”, la luz ya no estaba a mi nombre.

Conclusiones:

Para que los Okupas puedan cambiar de compañía necesitan saber mi nombre, apellidos y DNI. ¿Cómo lo han conseguido?

A los Ocupas no les han cortado la luz, siguen disfrutando de la luz, me quedé con una deuda acumulada en la antigua compañia y me quedé con cara de tonto.

Supongo que si en la nueva compañía la luz ya no está la luz a mi nombre, no me pueden seguir llegando recibos de luz que yo tenga que pagar. ¿O de alguna forma pueden hacer que tambien se me acumulen recibos de luz sin pagar en la actual compañía?

Con el Gas los recibos llegan cada dos meses, (en la luz llegan cada mes), también estoy dejando de pagar los recibos de gas, ya debo dos recibos de un mayor importe, no se si con el gas me puede pasar lo mismo .... que cambien de compañía y me vuelva a quedar con cara de tonto ...

 
P
pe231dro
19/12/2024 23:00
Hola ARV1, gracias por la página que has pegado aquí, he leído la página por encima. En lo que a mí me afecta dice:
“El Parlament de Catalunya ha aprobado este jueves una moción impulsada por el PP catalán, que plantea desalojos exprés de inmuebles 'okupados' "de manera delincuencial".
Te doy mi opinión: Nada nuevo bajo el sol, y más de lo mismo ¿Porque? Hay dos tipos de okupaciones y en consecuencia de desalojos: Por “allanamiento” y por “usurpación”.
La manera de desalojo “delincuencial” que cita dicha moción aprobada, se refiere únicamente al de tipo “allanamiento”, es decir, cuando hay alguien viviendo en la casa y vuelvas a tu casa y te la han Okupado.
Pero si en la casa en ese momento no vive nadie por diversos motivos, por ejemplo no vive nadie porque tienes la casa en venta y mientras que la vendes, allí no vive nadie, (que fue lo que me pasó a mi).
Esta sería una Okupación tipo “usurpación” y de eso, esa moción aprobada por el Parlament de Catalunya no dice nada, a mi particularmente que me han usurpado la vivienda, esta moción aprobada no me soluciona nada. A menos que algún abogado me diga que el desalojo tipo “delincuencial” no sólo sea una Okupación tipo “allanamiento” sino también abarque la Okupación tipo “usurpación”
 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal y Política de Privacidad  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento