Cita:
Los administradores de mi comunidad en Bilbao estan haciendo cosas raras hace tiempo, es muy difficil contactar con ellos, no suelen contestar a correos electronicos ni contestan al telefono.
El Administrador de una Comunidad responde ante la Junta de Propietarios y ante el que es su representante, que es el Presidente. Aunque nada impide que atiendan individualmente a los propietarios, no tienen obligación de hacerlo. Entienda que, en muchos casos, sería materialmente imposible hacerlo, teniendo en cuenta el número de Comunidades que gestionan y, en consecuencia, de propietarios.
Cita:
Lo ultimo es que llevo semanas mandandoles un correo electronico con temas para discutir en la reunion de la comunidad de Enero y no me contestan, tambien he llamado y hablado con alguien que parece nuevo en la oficina y me prometio contestarme hace algunos dias pero no lo ha hecho.
A quien debe solicitar que se traten asuntos en la reunión es al Presidente, tal como indica la Ley de la Propiedad Horizontal en su artículo 16.2:
“Cualquier propietario podrá pedir que la Junta de propietarios estudie y se pronuncie sobre cualquier tema de interés para la comunidad; a tal efecto dirigirá escrito, en el que especifique claramente los asuntos que pide sean tratados, al presidente, el cual los incluirá en el orden del día de la siguiente Junta que se celebre”
Habla usted de “abrir una investigación” y de “denunciar”, pidiendo consejo para ello. Debería aclarar cuáles son esas supuestas “irregularidades” cometidas por los Administradores. De ello dependerán las posibles actuaciones a realizar. Como se puede imaginar, no es lo mismo que no respondan a sus correos o que se estén apropiando dinero de la Comunidad, por poner ejemplos extremos.