Aunque supongo que la descripción ya la sabeis, igual os puede aportar algun dato nuevo.
Fuente:
www.euroresidentes.com/vivienda/hipotecas/diccionario/cuenta_ahorro_vivienda.htmCuenta ahorro vivienda. Producto financiero que consiste un plan de ahorro destinado a constituir un capital que permita la futura adquisición o rehabilitación de la primera vivienda habitual. Se plasma en libretas de ahorro o depósitos bancarios, que además de proporcionar una rentabilidad a su titular, le otorgan la ventaja fiscal de desgravarse en su declaración de la renta, por las cantidades aportadas anualmente a dicha cuenta.
Ventajas fiscales de la Cuenta Ahorro Vivienda:
* Las cantidades depositadas durante el ejercicio, con el límite de 9.015,18 euros, tienen un 15% de deducción en la declaración de la renta (aunque este porcentaje podrá variar algo dependiendo de la Comunidad Autónoma de residencia).
* Las cantidades invertidas en la cuenta de ahorro vivienda sólo pueden destinarse a la compra o rehabilitación de una vivienda habitual y en el plazo indicado (actualmente fijado en un máximo de cuatro años). De lo contrario, habrá que devolver la desgravación obtenida y pagar los intereses de demora.
* La cantidad que depositemos en la cuenta vivienda tenemos que haberla ganado en ese año.
El interesado sólo podrá tener una cuenta de ahorro - vivienda. Esta cuenta deberá identificarse sólo una vez en la primera declaración de la renta en la que se incluya este derecho a deducción, identificando los datos siguientes:
* Entidad financiera en la que se ha abierto la cuenta ahorro - vivienda.
* Sucursal específica de la entidad financiera.
* Número de cuenta o libreta