¿Qué hacer si ya he presentado un borrador o declaración con errores en los datos declarados?
Puede ser que, una vez presentado el borrador o la declaración del IRPF, el contribuyente advierta errores u omisiones en los datos declarados. El cauce para la rectificación de las anomalías es diferente, dependiendo de que los errores u omisiones hayan causado un perjuicio al contribuyente, o a la Hacienda Pública.
Errores en perjuicio del contribuyente:
Si el contribuyente declaró indebidamente alguna renta exenta, computó importes en cuantía superior a la debida, u olvidó practicar alguna reducción o deducción a las que tenía derecho, podrá solicitar en la Delegación o Administración de la Agencia Tributaria correspondiente a su domicilio fiscal, la rectificación de su autoliquidación, siempre que la Administración no haya practicado liquidación provisional o definitiva por ese motivo, y que no haya transcurrido el plazo de cuatro años (a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de las declaraciones, o bien, si la declaración se presentó fuera de ese plazo, desde el día siguiente a la presentación).
Es conveniente que haga constar claramente los errores y que acompañe justificación suficiente de los mismos.
Errores en perjuicio de la Hacienda Pública:
Los errores u omisiones padecidos en declaraciones ya presentadas que hayan motivado la realización de un ingreso inferior al que legalmente hubiera correspondido o la realización de una devolución superior a la procedente deben regularizarse mediante la presentación de una autoliquidación complementaria a la originalmente presentada.
Espero te sirva. Saludos.
Editado por yomismo254 20/12/2012 18:40