Buenas tardes,
He estado leyendo en el boe del día 20 que salió publicado el decreto y copio textualmente:
"Por otra parte, en la Disposición transitoria cuarta de este Real Decreto-ley, se adopta
una medida que tiene carácter temporal, como las que se incorporan también en el ámbito
de la imposición directa, y se encamina a ofrecer una ventaja fiscal para las adquisiciones
de viviendas que se realicen durante lo que resta de este año 2011. Así, con vigencia
exclusiva hasta el 31 de diciembre de 2011 las entregas de inmuebles destinados a
vivienda se beneficiarán de la tributación al tipo superreducido del 4% en lugar del 8%
habitual.
Se trata de una medida de política fiscal que incide sobre una situación concreta y
que persigue obtener efectos sensibles durante el período sobre el que desplegará su
vigencia, sin vocación de afectar con carácter permanente la estructura de tipos
impositivos del Impuesto sobre el Valor Añadido."
"Disposición transitoria cuarta. Tipo impositivo aplicable del Impuesto sobre el Valor
Añadido a las entregas de viviendas.
Con efectos desde la entrada en vigor de este Real Decreto-ley y vigencia
exclusivamente hasta el 31 de diciembre de 2011, se aplicará el tipo reducido del 4 por
ciento del Impuesto sobre el Valor Añadido a las entregas de bienes a las que se refiere el
número 7.º del apartado uno.1, del artículo 91 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del
Impuesto sobre el Valor Añadido."
En el articulo 91 dice lo siguiente:
"7.º Los edificios o parte de los mismos aptos para su utilización como viviendas, incluidos los garajes y anexos en ellos situados que se transmitan conjuntamente.
No tendrán esta consideración los locales de negocio, aunque se transmitan conjuntamente con los edificios o parte de los mismos destinados a viviendas ni las edificaciones a que se refiere el artículo 20, apartado uno, número 22.º, párrafo sexto, letra c), de esta Ley."
Lo que a mi me da a entender es que sí nos afecta en la compra del piso. Pero no se si la plaza de garaje se transmite conjuntamente o al ser escrituras distintas, no.
Respecto a las cantidades aportadas anteriormente no dice nada en lo publicado, aunque a la hora de escriturar que es cuando se realiza la compra, supongo que escrituraremos por el total del piso. Corregirme si me equivoco.
¿Alguien que lo tenga más claro que yo, o que pueda aportar algo más?
Lo cierto es, que si todo esto es así, ahorrando lo que nos ahorrariamos, muchos nos podremos animar a comprar la segunda plaza y que no haya problemas con el proindiviso.
Un saludo