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tirripeich
19/06/2011 16:14

declaracion

¿Qué pasa con la declaración y el préstamo de la CCM?

1.071 lecturas | 3 respuestas

Al final que ha pasado con la declaracion?hay que declarar todo pq mi gestor me ha dicho que nos pone prestamo entonces no hace falta declarar hasta que no nos lo conceda la junta,nos cobran intereses por este "prestamo"que nos ha facilitado la ccm

joer vaya lio,cada uno dice una cosa y yo no quiero multa.

quien la haya hecho que nos ayude

gracias

 
Albp
Albp
10/10/2011 22:08

Pues yo llame a la CCM, a mi gestoria y a hacienda y me dijeron que si hay que declararla ya que nosotros lo hemos cobrado, y lo del prstamo lo tienen que arreglar entre la CCM y la Junta, pero el dinero en si ya estaba en mi cuenta. De todas formas hay un hilo que se expuso todo esto y yo creo que ya se quedo bastante claro.Saludos

 

Mira aqui lo pongo http://www.nuevosvecinos.com/csi-csif/3352121_irpf_2010.html


Editado por Albp 10/10/2011 22:09
 
SimplyI
SimplyI
10/10/2011 16:08

Hola,

Yo, según tengo entendido (y lo que consultado tanto con CCM como con un asesor) la ayuda no se declara hasta que no se cobra. Es independiente de si te la han concedido antes o no. Quiza lo que te quisieron decir es eso.

Yo por mi parte todavia no la he cobrado (la de la Junta) y lo que tenemos con la CCM es un prestamo "especial" del que los intereses y demas se hace cargo la propia junta, pero no deja de ser un prestamo, por lo que no podemos declarar una ayuda que no hemos recibido.

Lo que no se es lo de los recibos, es la primera vez que oigo que se pueden desgravar recibos de seguros, de eso me tengo que enterar!!! jeje-

 
camarada
camarada
20/06/2011 09:38

Estimado Vecino:

Lo primero decirte que lo más normal es que tengas que pagar seguro. La cantidad a abonar dependerá de la cuantía de las ayudas que tengas. Si no lo declaras Hacienda te lo va a exigir con recargo. Lo que debes de declarar:

Todo lo que te haya dado la Junta (es obligatorio).

La ayuda del Estado puedes dividirla en 4 años.

Los intereses del préstamo subvencionado.

Es desgravable:

Seguro del hogar y de vida vinculado a la hipoteca con CCM. Si lo cambias no sirve (Es mejor hacer cuentas primero).

Para el año que viene declarar cuando se reciba la ayuda de notario, otra parte de la ayuda del Estado y los intereses subvencionados del préstamo. Podrás desgravar los seguros.

Esta cuantía es un incremento patrimonial y debe incluirse en el apartado  de Subvenciones, Ayudas por compra de vivienda.

Un saludo

 

Fin del hilo
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