Hola a tod@s,
parece que en este foro ya no te puedes quejar cuando no estás de acuerdo con la gestora porque siempre viene alguien diciendo que de qué nos quejamos, que si nos estamos contentos que nos vayamos. Esa frase que la
he oido ya hasta la saciedad es tan obvia que sobra, yo creo que aquí cada uno pueda decir lo que le de la
gana, siempre y cuando no moleste ni ofenda a nadie, que creo que desde el famoso mail de JOHN Y ELIZABETH no se ha vuelto a producir. Nosotros no estamos de acuerdo con las decisiones tomadas por la gestora y así lo expresamos votando en contra de las cuentas. Por tanto, también nosotros nos vamos, no porque no podamos pagarlo, sino porque no encontramos la protección por ningún lado en esta gestora que está maquillando protección con facturas de unas cuantos amiguetes que justifican sobreprecio y con buenas palabras, y encima nosotros les estamos dando la razón. Señores eso es pagar en negro, lo llamen como lo llamen y es lo mismo que vais a hacer vosotros. Respetando la opinión de cada uno, me parece irresponsable y poco coherente que haya gente que lo único que se plantea es si puede pagar o no, y si lo puede pagar entonces se pone una venda en los ojos y se olvida de unas cuantas cosas que no es que lo diga yo, sino que si uno investiga un poco está escrito en la ley. Esto me suena a mí a "sálvese quién pueda o tonto el último", algo muy diferente a lo que considero que es el espíritu de una cooperativa.
Cuando encuentras algo en la ley para mí ya no hay motivo de discusión, osea que cada uno pase por el aro si quiere y le interesa, pero por favor seamos críticos con lo que está pasando, porque hay gente que está confundiendo esas dos cosas.
Y por poner algunos ejemplos, aquí os paso INFORMACIÓN para que al menos os quitéis un poco la venda de los ojos:
- Precio maximo de los terrenos VPPL (recogido en el plan de vivienda de la CAM)
http://www.madrid.org/cs/Satellite?blobtable=MungoBlobs&blobcol=urldata&blobkey=id&blobwhere=1119188492151&ssbinary=true&blobheader=application%2Fpdf Que indica que el precio de los terrenos protegidos no puede superar el 25% del precio de venta (para VPPL)
- Precio máximo de venta de una vivienda VPPL.
Más que discutido en este foro. Aun con la subida del 4,7% que comentaron en la asamblea, vamoa a estar muy por encima del precio legal de venta.
- Estatutos de cooperativas de viviendas.
Interesante el hecho de que hubiera gente que dijera porqué estábamos discutiendo quién era el Consejo Rector, lo cual me hace plantearme que hay gente que no sabe todavía dónde está metida. Todas las decisiones las APRUEBA el consejo rector, decisiones que luego repercuten en nuestras viviendas. Si yo me quiero dar de baja, es el CR quien aprueba mi baja. Es el CR quien ha firmado la
compra de esos terrenos. Es el CR quien ha celebrado dos asambleas anteriormente a la del jueves y no ha informado al resto de socios cooperativistas.
1.- VERGONZOSO, LAMENTABLE, que no estuviera el CR en la Asamblea y que el hombre que habló todo el tiempo no se presentara hasta que no se le preguntó, que eligiera los cargos del CR a dedo, etc. ¿Pero quién narices es él para elegir nada en esta cooperativa? Por favor, con los estatutos en la mano, que a muchos recomiendo su lectura:
Art. 41, párrafo 3.
"La mesa de la Asamblea estará formada como mínimo por el Presidente y el Secretario, que serán los del Consejo Rector si existe éste, salvo conflicto de intereses"
-- Función del Presidente del CR.
Art. 47, párrafo 3.
... Corresponde al Presidente: ... "Convocar y presidir las sesiones y reuniones de los órganos sociales, excepto las de los Interventores, dirigiendo los debates y cuidando bajo su responsabilidad que no se produzcan desviaciones de los mismos".
Lo mismo para el vicepresidente y secretario-tesorero (art. 47)
Art. 48 y Art. 37. párrafo 3
"Nombramiento y revocación, por votación secreta, del órgano de administración, los Interventores y los liquidadores, así como el ejercicio de la acción de responsabilidad contra los mismos."
Por no mencionar los derechos de los socios citados en el art. 11 de los Estatutos, los cuales se pasaron por donde quisieron. Por no mencionar, lo que les solicitamos por escrito, que también se pasaron por donde les dió la gana.
- Ley de Protección de Datos.
No lo dijo públicamente pero a mí personalmente y a o otros socios, nos lo han dicho porque el socio tiene derecho a conocer quién es el CR.
Yo pregunto: ¿esto es protección? ¿esto es vivienda para gente sin recursos? Mientras les demos la razón y digamos que pueden seguir haciéndolo... ESTA ES LA PROTECCIÓN QUE EXISTE EN ESTE PAIS