Claro que es de utilidad, lo puedes desgravar en la declaracion de la renta, en el apartado que hace referencia a la inversion en la construccion de la vivienda habitual (esta en uno de los anexos, yo me volvi loca hasta que lo encontre), hay que poner la cantidad pagada al promotor y el nif, que en este caso seria el cif de la empresa. Yo el año pasado ya lo desgrave.