Hola a todos, el mes pasado pregunté a la Oficina de la Vivienda de la Comunidad de Madrid, sobre lo que se estuvo comentando de firma escrituras sin licencia de ocupación. Esta es la respuesta, tal cual:
Estimado/a Sr./Sra.: En respuesta a su consulta le informamos que usted puede negarse a firmar la Escritura de Compraventa en tanto la vivienda no tenga la cédula de habitabilidad, ya que dicha cédula es el documento que acredita que la vivienda reúne las condiciones necesarias para ser habitable y, además, es el documento que le permite dar de alta los suministros de luz, agua y gas. Si usted firma la escritura sin tener aún la licencia corre el riesgo de que con posterioridad el Ayuntamiento ponga "reparos" a su obtención porque aprecie algún tipo de deficiencia técnica y tengan que continuar con agua y luz de obra.
Si desea otro tipo de información, no dude en ponerse en contacto con nosotros a través de los canales de atención disponibles:
· Telefónico: 012 (lunes a viernes, de 09h. a 20h., y sábados, de 10h. a 13h.)
· Fax: 91.728.52.99 (24 horas)
· E-mail:
oficinavivienda@madrid.org · Correo postal: Avda. de Asturias, nº 28, (28029 - Madrid)
· Presencial: en Madrid: Avda. de Asturias, nº 28 (lunes a viernes, de 09h. a 20h., y sábados de 09h. a 13h.) y C/ Braganza, s/n (lunes a viernes, de 09h. a 14h.).
Le agradecemos su consulta.
Le atendió,
ANA
Oficina de Vivienda de la Comunidad de Madrid
www.madrid.org/oficinavivienda