Buenos Días ,
Thay1983 es el porcentaje siguiente:
Art.16 Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal.
1. La Junta de propietarios se reunirá por lo menos una vez al año para aprobar los presupuestos y cuentas y en las demás ocasiones que lo considere conveniente el presidente o lo pidan la cuarta parte de los propietarios, o un número de éstos que representen al menos el 25 por 100 de las cuotas de participación.
La convocatoria de las Juntas la hará el presidente y, en su defecto, los promotores de la reunión, con indicación de los asuntos a tratar, el lugar, día y hora en que se celebrará en primera o, en su caso, en segunda convocatoria, practicándose las citaciones en la forma establecida en el artículo 9.
La citación para la junta ordinaria anual se hará, cuando menos, con seis días de antelación, y para las extraordinarias, con la que sea posible para que pueda llegar a conocimiento de todos los interesados.
Si necesitas un modelo de convocatoria dimelo Thay1983 por e-mail,morenita701@hotmail.com y te lo envio.
Un Saludo
Editado por ISIS_ 29/03/2011 13:05
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