Hola
he estado investigando y salvo error, lo único que nos ahorramos al subrogar el préstamo promotor es el IAJD de la escritura de la hipoteca. El resto de gastos están ahí y hay que pagarlos (el quién lo paga eso ya depende de la interpretación de la ley / sentencias judiciales )
Intentaré explicar lo que he entendido de esto del IAJD de la hipoteca. No soy economista ni abogado ni especialista en el asunto, así que tomadlo como lo que os cuenta un cuñao en el postre de una comida familiar.
El % de IAJD es un % variable que varía según sea el importe de la responsabilidad hipotecaria.
Esta responsabilidad la calcula cada entidad bancaria según su propio criterio aplicando el que llaman coeficiente de responsabilidad hipotecaria. Este coeficiente varía entre el 100% y el 200% sobre el importe de la hipoteca.
Lo que nos ahorraremos al hipotecar en la entidad A frente en la subrogación con BBVA dependerá del susodicho coeficiente que nos aplique la entidad A en ese cálculo de la responsabilidad hipotecaria.
En un escenario medio de un coeficiente del 150% y de la hipoteca de 316.000 € sale un IAJD de 3.555 €. Es el 0,75% aplicado sobre 474.000 € (150% sobre 316.000 € ). Es decir que en un escenario central nos ahorraríamos 3.555 €.
En el peor de los casos, sobre la misma hipoteca, serían 4.740 €. Igualmente, el 0,75% aplicado sobre 632.000 € (200% sobre 316.000 €). Y en el mejor serían 2.370 €
Los comentarios / correcciones son bienvenidas
Saludos