Saludos
Gracias Saulman por tu respuesta y apoyo. Para confirmar la opinión que tienes de LibraGP transcribo de manera cronológica los correos intercambiados debido a este tema.
Las respuesta que me da Libra las resumo para evitar problemas legales con la confidencialidad y protección de datos, pero mis respuestas son fehacientes.
ENVIADO 04/09/2010
Buenas tardes ------
Soy cooperativista de la promoción del Algarbe y quería trasladarte dos dudas al respecto de las instalaciones de la vivienda:
- Entiendo que al tener aire acondicionado la vivienda, la
electrificación de la misma será elevada, esto es, 9200 W ¿podrías
confirmarme este dato por favor?.
- La tipología de mi vivienda es la VT12 y opté por tabicar el paso del
salón al dormitorio tres, que disponía de una puerta corredera, me
imagino que los interruptores de luz y los enchufes que estarían
proyectados en ese tabique se habrán replanteado, porque por lo menos desde el lado del salón habría en el proyecto original un interruptor para la luz del dormitorio 3 que ahora sería inútil al no existir la puerta corredera, ¿podrías confirmarme si se ha replanteado la instalación eléctrica con motivo de esta modificación de la tabiquería de la vivienda?.
Gracias. Un saludo
RESPUESTA LIBRA 07/09/2010 (resumida)
Me contesta que si he elegido tabicar se habrá replanteado los enchufes y puntos de luz y respecto a la electrificación me comenta que dependerá de lo que diga el boletín que entregue el instalador al final.
ENVIADO 07/09/2010
Buenos días ------
Gracias por tu respuesta pero la verdad no me deja muy tranquilo por los siguientes motivos:
- No me aseguras que la instalación eléctrica se haya replanteado tan solo me dices que se 'habrá replanteado', no me confirmas si se ha hecho ciertamente. La Dirección Facultativa debe tener conocimiento de los cambios de tabiquería acordados y como afectan estos a las instalaciones proyectadas de la propia vivienda, lo que supone haber aprobado unos planos donde se reflejen el replanteo de dichas instalaciones. Esa documentación debe existir y es lo que quiero que me confirmes, así como poder verla en persona en vuestras oficinas.
- En relación al grado de electrificación de la vivienda quisiera argumentare lo siguiente:
El Art. 33 de la Ordenanza General de Protección del Medio Ambiente Urbano del Ayuntamiento de Madrid, reza como sigue:
"...Los edificios de nueva construcción o en reestructuración total deberán dotarse de pre-instalación de aire acondicionado que cumpla el artículo 32 de esta Ordenanza, siendo preferible la previsión de colocación de la(s)unidad(es) condensadora(s) en cubierta convenientemente instaladas, insonorizadas y apantalladas...."
La existencia de una pre-instalación de A/A exige, según lo indicado por la ITC-BT-25 del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (R.D. 842/2002), que el grado de electrificación ha contemplar en la vivienda sea del tipo electrificación elevada, transcribo a continuación el punto 2.3.2 "Electrificación elevada"de la citada Instrucción Técnica:
"...Es el caso de viviendas con una previsión importante de aparatos electrodomésticos que obligue a instalar mas de un circuito de cualquiera de los tipos descritos anteriormente, así como con previsión de sistemas de calefacción eléctrica, acondicionamiento de aire, automatización, gestión técnica de la energía y seguridad o con superficies útiles de las viviendas superiores a 160 m2. En este caso se instalará, además de los correspondientes a la electrificación básica, los siguientes circuitos:
C6 Circuito adicional del tipo C1, por cada 30 puntos de luz
C7 Circuito adicional del tipo C2, por cada 20 tomas de corriente de uso general o si la superficie útil de la vivienda es mayor de 160 m2.
C8 Circuito de distribución interna, destinado a la instalación de calefacción eléctrica, cuando existe previsión de ésta.
C9 Circuito de distribución interna, destinado a la instalación aire acondicionado, cuando existe previsión de éste
C10 Circuito de distribución interna, destinado a la instalación de una secadora independiente
C11 Circuito de distribución interna, destinado a la alimentación del sistema de automatización, gestión técnica de la energía y de seguridad, cuando exista previsión de éste.
C12 Circuitos adicionales de cualquiera de los tipos C3 o C4, cuando se prevean, o circuito adicional del tipo C5, cuando su número de tomas de corriente exceda de 6...."
Por otro lado la ICT-BT-10 del mismo Real Decreto 842/2002 en su punto 2.1.2 define la electrificación elevada como, y cito textualmente:
"...Es la correspondiente a viviendas con una previsión de utilización de aparatos electrodomésticos superior a la electrificación básica o con previsión de utilización de sistemas de calefacción eléctrica o de acondicionamiento de aire o con superficies útiles de la vivienda superiores a 160 m2, o con cualquier combinación de los casos anteriores..."
Consecuentemente y como conclusión, quiero comunicarte que el grado de electrificación no depende del boletín que emite el instalador eléctrico, depende de que el proyecto original esté correctamente elaborado, ya que de partida se debe haber hecho previsión de instalación de A/A, lo que obliga a su vez a que se haya diseñado la instalación eléctrica de las viviendas con un grado de electrificación elevada, no depende en última instancia de lo que diga un instalador, que al fin y al cabo tan solo ejecuta lo que está indicado en proyecto o cualquier modificación ulterior que haya aprobado la Dirección Facultativa de la obra.
No está de menos decirte que no soy ningún neófito en temas de instalaciones en edificación dada mi profesión, razón de más para que tu contestación me deje intranquilo.
Espero que no tardes más de una semana en dar contestación a este correo dado la importancia del tema.
Gracias. Un saludo.
RESPUESTA LIBRA 08/09/2010 (resumido)
Su respuesta en esta ocasión es que tras consultar al departamento técnico no puede facilitar ninguna información técnica y que esta manera de actuar está aprobada por el Consejo Rector. Por otro lado deja entender que es obvio que se cumplirá con toda la normativa que afecte a la obra, entre otras cosas la que afecte a las instalaciones pero nada mas.
ENVIADO 09/092010
Buenos días
La verdad no entiendo vuestra actitud, tu primera contestación a las dos consultas realizadas es vaga y errática, tras mi insistencia vuelves a responder adoptando una postura arrogante y autoritaria. No sería mas fácil trasladar mis consultas a las personas o departamentos pertinentes y darlas respuestas de una manera clara y concisa y dejarnos de juegos burocráticos. O lo que pretendéis es que me calle la boca hasta que recibamos las llaves de las viviendas y entonces podamos comprobar si están bien o mal hechas las cosas, porque en tal caso los remedios a cualquier deficiencia no detectada con anterioridad serán mas gravosas para todos. El panorama que me planteas es tal cual lo describo a continuación, déjanos de molestar y cuando recibas la vivienda ya veremos que pasa. No crees que ya hemos dado muestras mas que suficientes de la confianza volcada en vosotros, económica y profesional, para que me respondas en estos términos de 'despacho cerrado'.
Un saludo
Esta clara la actitud de Libra y la desconfianza que me crea en estos momentos.
Quisiera deciros que he tenido acceso a la documentación de proyecto con el que se hizo el concurso de constructoras y doy fe de que el proyecto eléctrico del edificio considera electrificación básica en las viviendas. Es posible que la revisión posterior del proyecto por parte de la Constructora, la Empresa de Control, la Dirección Facultativa así como por parte del instalador haya detectado este error y se haya re-calculado la instalación eléctrica considerando electrificación elevada, pero ya vemos que parece imposible que nos confirmen tal dato.
Un saludo a todos.