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D
dagaria
02/08/2005 18:56

ayudas de la cam

¿Alguien ha solicitado las ayudas de la CAM para cambiar la hipoteca?

1.905 lecturas | 21 respuestas
holllaaaa a todos¡¡¡
yo sigo con mi tema ,el de las ayudas de la CAM.alguien las ha solicitado ya?

hoy he ido a recoger las escrituras y he vuelto apreguntar por el tema.resulta que ahora lo primero que hay que hacer es pedir la ayuda en vez de como me informaron que lo primero es cambiar la hipoteca de libre a cualificada con el susodicho abono del 10% de pasar de 80a 90% del valor hipotecado, y si te la conceden es entonces cuando debes de cambiar el tipo de hipoteca.
esto es una grandiosa noticia ya que el dinero que uno tenia previsto destinar a pagar ese 10% lo puede dedicar a amueblar la casa u otros menesteres.
que te conceden la ayuda? pues cambias de hipoteca con el dinero que te otorgan, que no te la conceden ?pues uno decide que tipo de hipoteca quiere adoptar en ese instante.

si alguien tiene mas informacion le ruego que me la transmita.¡¡¡confio en ti dinamita eres mi salvacion¡¡¡no vas a solicitar tu la ayuda de la CAM?.

ahhhhhh y fenomenal la reunion de vecinos ,empezo fatal pero luego u sector de vecinos coherente se hizo con las riendas aunque creo que se podia haber esperado una semana mas antes de tomar la junta ciertas decisiones que realizo sin consultar con los vecinos pero bueno tampoco hay que dramatizar el tema.

chao atodos
 
M
Michelangelo
14/08/2005 22:52
Hola a todos

También estuve en Maudes 17 hace unos días. Esto es lo que llegué a entender (lo siento por el ladrillo pero intento exponerlo lo más claro posible):

-Hay que solicitar la concesión directa de préstamo cualificado.
-En el mismo impreso hay que elegir una de las dos opciones de ayudas que dan (A ó B).

Si conceden el préstamo cualificado, entonces hay que negociar con la caja para hacer una novación (que seguramente supondrá algún tipo de gasto) reduciendo el préstamo al 80% del valor de escrituración del piso y cambiando el plazo de amortización de 25 a 20 años. Si no se llegase a un acuerdo, entonces habría que solicitar el préstamo en otra entidad y cancelar el actual (lo que, si no recuerdo mal, supondría pagar el 0,5% en concepto de comisión de cancelación).

En cuanto a las ayudas hay que distinguir dos conceptos:
Subsidiación y Subvención

Subsidiación: consiste en que el organismo que concede la ayuda se hace cargo de una parte de la cuota mensual del préstamo.

El porcentaje de cuota subsidiado dependerá del tipo de ayuda que se elija (A ó B)

Subvención: es una ayuda directa al solicitante mediante un único pago. Hay dos tipos de subvenciones (compatibles entre sí): básica y especial.
La básica es un porcentaje sobre el valor de escrituración del piso que va desde el 11% (para ingresos inferiores a 1,5 veces el SMI) al 5% (menos de 3,5 SMI).
La especial depende de ciertos supuestos:
Menor de 35 años: 3.000 euros
3 hijos: 3.000 euros
4 hijos: 3.600 euros
5 ó + hijos: 4.200 euros
Minusvalías, mayores de 65 años,…: 900 euros

Bien, ahora al grano.
En el supuesto de tener unos ingresos inferiores a 3,5 veces el SMI, ser menor de 35 años y elegir la opción A, se obtendrían las siguientes ayudas:
1) Una subvención directa por el 5% del valor de escrituración del piso.
2) Un pago de 3.000 euros por ser menor de 35 años.
3) Un descuento del 10% sobre la cuota del préstamo durante 10 años.

Si por el contrario, en las mismas circunstancias, se prefiriera la opción B, el resultado sería:
1) 3.000 euros por ser menor de 35 años.
2) Un descuento del 15% sobre la cuota del préstamo durante 10 años.
Esta opción no es compatible con la ayuda básica al tener una mayor subsidicación.


De todas formas, he enviado al webmaster un archivo con el detalle de las opciones A y B para que le podáis echar un vistazo.

Saludos.

 

Fin del hilo
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