Buenas!!!!
Espero que lo del aval se aclare, porque, me he estado leyendo los estatutos de la cooperativa y el art.12 dice los siguiente:
Art. 12.- Garantias de participación, información y control.
a) Como sistema de garantia de las cantidades que anticipe el socio a cuenta del coste de la vivienda, la Cooperativa deberá establecer, en el momenton de la incorporación del mismo a una promoción o fase concreta, un aval contratado con entidades de crédito o con compañias aseguradoras, con la finalidad de reintegrarles dichas cantidades en el supuesto de no realizarse debidamente la promoción o fase por causas imputables directamente a la Cooperativa.
Que fuerte!!!!!!!!! Tendríamos que tener el aval en nuestro poder desde el momento de ingresar en la cooperativa (en mi caso hace 2 años).
Yo me estoy leyendo los estatutos porque hay cosas muy interesantes a las que tenemos derecho y que estamos pasando por alto.
Saludos a todos