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Luis de Montalto Benis
23/09/2008 17:06

Recuperacion entregas hechas a Marantina

¿Qué implicaciones tiene la absorción de Marantina por Ra, S.L. en mi caso de posible estafa por parte de Deutsche y Marantina?

1.702 lecturas | 1 respuestas
Yo tengo presentada Querella Criminal por posible delito de estafa ya que el contrato que firmamos en su dia dice"lo mismo" y lo "contrario".Voy contra el Deutsche y Marantina por connivencia.Soy insolvente y el Deutsche admite que me subrrogue en la Hipotreca para favorecer a Marantina.Sabed,el que no lo sepa, que Marantina con fecha 9 de Junio de 2008 ha sido absorvida por Ra, S.L.,lo clasico en estos casos, unos son adsorvidos por otros y van desapareciendo.
 
RVela
RVela
25/09/2008 11:52
Me temo que Luis tiene razón, lo de que los acreedores a esta fusión tienen un plazo de 1 mes para oponerse a la misma. ¿Que significa esto? los que hemos comprado y estamos reclamando desperfectos,¿somos acreedores?. Si es así ya se ha pasado el plazo. ¿En que nos perjudica?

Mirad lo que he encontrado por internet, en una página del BOE, Ministerio de la Presidencia del Gobierno de España:

Boletín Oficial del Registro Mercantil
20 de junio de 2008 [núm. 117>

SECCIÓN SEGUNDA. ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
RA, S. L. (Sociedad absorbente) MARANTINA, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)
Anuncio de fusión

De conformidad y en cumplimiento de lo establecido en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público lo siguiente:

Que la Junta general y universal de socios de «Ra, Sociedad Limitada» y el socio único de «Marantina, Sociedad Limitada», han acordado por unanimidad, con fecha 9 de junio de 2008, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por «Ra, Sociedad Limitada» de «Marantina, Sociedad Limitada», con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que compone su patrimonio a la sociedad absorbente, y sin ampliación del capital social de la sociedad absorbente, por ser ésta titular del cien por cien del capital de la sociedad absorbida, todo ello en los términos y condiciones establecidos en el proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Madrid el 4 de junio de 2008. La Junta general a los efectos previstos en el artículo 239 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, decide aprobar como Balance de fusión de las sociedades, los balances cerrados a 31 de diciembre de 2007. Se fija como fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad absorbida han de considerarse realizadas por la sociedad absorbente el 1 de enero de 2008. Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de las sociedades participantes en la fusión. Los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión, conforme dispone el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 9 de junio de 2008.-El Administrador único de Marantina, Sociedad Limitada, don Ángel Soria Vaquerizo y el Administrador único de Ra, Sociedad Limitada, don Joaquín Espadas Cortés.-40.180.
 

Fin del hilo
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