Yo me he ledido el contrato por el derecho y por el reves, y, de la misma forma que está muy clarito que podemos rescindir el contrato con una penalización del 25% de las cantidades aportadas (según Gestesa tiene que haber mutuo acuerdo ja ja ja, lo que al final debera terminar via judicial según anda el patio), cuando habla de la entrega, todas las clausulas y disposiciones se realizan haciendo referencia a la "puesta a disposición del comprador" de la vivienda, es decir, que en el momento que ellos tengan disponibles las viviendas comienza el protocolo de la entrega, escrituraciones y demas, y es en este momento cuando, si la dilación en la escrituración se debe a la parte compradora, cuando éste, según el contrato, debe empezar a pagar los intereses generados por dicho retraso. Se entiende que la promotora ha cumplido con su compromiso de entregar antes de tal fecha, y por lo tanto no le correspondería pagar intereses.
Solo recordar que hace dos años y pico, cuando compramos, todos soñabamos con que se adelantaran las entregas y ahora.........