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PRINCHECHA
28/08/2012 17:28

HE LLAMADO A HACIENDA Y ME HAN INFORMADO SOBRE EL IVA

¿Cuál será el tipo de IVA para VPPB en 2013?

2.189 lecturas | 8 respuestas
os informo que acabo de llamar a la Agencia Tributaria para preguntar el tipo de IVA que habra en 2013 para VPPB (vivienda de proteccion publica basica) que son las nuestras y me han confirmado que tanto las VPO como las VPP=VPPB no se vera el IVA aumentado e ira al 4% una buena alegria por fin, no obstante si alguien mas quiere llamar para ver si le dicen lo mismo estaria muy bien pero vamos igualmente viene recogido en los nuevos tipos impositivos de IVA puestos por la Agencia Tributaria Como podreis comprobar en: http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Segmentos
Tipo de IVA impuesto para 2013 4%.
un saludo y espero que esto os alegre un poco a mi por lo menos lo ha hecho.
 
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tasu
01/10/2012 21:10

Un vecino de la parcela 18 ha puesto esto en su foro:

http://www.nuevosvecinos.com/emsulepozadelaguapp5p18/3586141_el_iva__2012.html/7#post3772580

Esto si es para tener en cuenta, es la respuesta a una consulta...

 
Z
Zanchito
01/10/2012 18:02

Pues en la 15 se huelen que encima haya habido tongo con lo que se ha pagado hasta ahora. Hay que echar cuentas con lo del IVA que hemos pagado, para no pagarlo dos veces al escriturar, y encima revisar el % que se ha cobrado, porque por lo que cuentan lo mismo se anda en estafa: http://www.nuevosvecinos.com/emsule-pp5-p15/3772102_contestacion_de_hacienda.html

 
I
ismaelcv
29/08/2012 19:30

Hola a todos,

Pues es lo que quería decir con mi anterior comentario, que en lo que uno puede encontrar en la web de la Agencia tributaria, no dice explícitamente VPPB (vivienda de protección pública, según el Reglamento de Viviendas con Protección Pública de la Comunidad
de Madrid
) o VPP siquiera y eso es lo que me mosquea,... al margen de lo que te hayan dicho Princhecha, que imagino que los de hacienda no te quieren torear, pero en sus documentos dice...

"...La promoción de viviendas de protección oficial <<Yo entiendo en lo anterior VPO, no VPP>>. puede realizarse en:
promoción pública
régimen especial
régimen general
precio tasado..."

Así que, según yo lo veo, hasta que no nos confirme Emsule que calificación y por tanto cuanto grava, no podemos relajarnos,... Además la promoción anterior a la nuestra, lo pagaron al 7% (el que había en ese momento para régimen general, mientras las VPO se pagaban al 4%, como siempre)...

 
P
PRINCHECHA
29/08/2012 18:36

Por favor podriais explicarme que diferencia hay entre:

Vivienda de Protección Oficial de Promoción Pública

y VPPB pues yo pensé eran lo mismo.

Gracias un saludo

 
C13
C13
29/08/2012 13:46

Que las viviendas de régimen especial y de promoción pública van a seguir en 2013 tributando al 4% es algo que está claro y que todos sabemos. Lo que EMSULE dice que está consultando a Hacienda es si nuestras viviendas son de promoción pública o no. Tengo muy claro que si lo fueran ya habrían sacado el famoso escrito aclarándolo, que no lo hayan hecho me deja clarísimo que no lo son y lo que quieren es marearnos para que mientras siga pasando el tiempo.

Conclusión: si nos las entregan en 2013 pagaremos el 10% de IVA sí o sí.

 
leganitos
leganitos
29/08/2012 13:43

He subido un documento donde se reitera que nuestras viviendas son VPPB, pero donde también se hace distinción entre:

- Vivienda con Protección Oficial de Régimen Especial (VPO RE)

- Vivienda de Protección Oficial de Promoción Pública

Estas dos son de Protección Oficial y las nuestras son Vivienda con Protección Pública (VPP en nuestro caso de Precio Básico -VPPB,  porque también existen de precio limitado - VPPL) nunca han sido de Protección Oficial.

Son dos cosas distintas Protección Oficial de Promoción Pública (VPO) y Protección Pública (VPP).

 
P
PRINCHECHA
29/08/2012 11:27

Gracias Ismaelcv, únicamente aclararte las siguientes cuestiones:

En primer lugar, Emsule ya te especifica en los informes que sube cada mes sobre el estado de las obras (en el título del mismo), que se trata de una VPPB (Vivienda de Protección Pública Básica), por lo que creo esta bastante claro, además esta misma mañana he llamado a Emsule y me han confirmado que es una VPPB.

En segundo lugar, cuando llamo a la Agencia Tributaria en todo momento dejo claro que se trata de una vivienda de Emsule y por lo tanto entiendo deben saber de que tipo de viviendas se trata no obstante reitero en varias ocasiones y pregunto ¿porque se trata de una VPPB? ¿no? lo que me confirman en todo momento asegurándome va al 4%.

En tercer lugar, con esta información facilitada te vas a la tabla de nuevos tipos de impositivo de IVA de la Agencia Tributaria y terminas de confirmarlo como podrás observar:

6º. Las viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública, cuando las entregas se efectúen por sus promotores, incluidos los garajes (con un máximo de dos unidades), y anexos situados en el mismo edificio que se transmitan conjuntamente…………….4%

Ahora claro, en una cosa te doy la razón cosa diferente es que ahora Emsule quiera hacernos todo el lío, porque también me han dicho que están pendientes de que les confirme Hacienda a cuanto tributa, cuando como te comentaba creo que Hacienda lo deja bien claro tanto en la tabla como en la llamada que realice.

Por lo tanto, creo que lo que queda es apretar a Emsule y que quede claro que no se van a reir de nosotros que también estamos informados y que cuando ellos van nosotros hemos vuelto, que realizamos nuestras propias gestiones sin contar con ellos.

Y la última pregunta ¿si tú llamas y te solucionan la duda en el momento como es posible que a EMSULE Hacienda no les resuelva "su duda" desde el mes de julio? me parece que están intentando tomarnos el pelo.

Un saludo y espero tú respuesta con tú opinión

 
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ismaelcv
28/08/2012 19:16

Hola Princhecha,

Siento contrariarte, pero en la web de la agencia tributaria solo he visto esto:


"...107418-ENTREGA: VIVIENDA: CONCEPTO DE PROMOCIÓN PÚBLICA

Pregunta

¿Qué se entiende por viviendas de promoción pública a los efectos de aplicar el tipo impositivo del 4 por ciento?

Respuesta

La promoción de viviendas de protección oficial puede realizarse en:
promoción pública
régimen especial
régimen general
precio tasado

La promoción pública de viviendas de protección oficial es la efectuada, sin ánimo de lucro, por el Estado y otros entes territoriales a quienes se atribuye dicha competencia (CC.AA.. y Corporaciones locales).

Según el RD 3148/78 la promoción pública puede llevarse a cabo de diversas formas (promoción directa, adquisición de viviendas y promoción mediante convenio).

Es la calificación definitiva de la vivienda la que determina el régimen aplicable a cada promoción..."

No obstante, preguntaré yo también.

Gracias

 

Fin del hilo
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