Buenas vecinos!!
¿sabeis si se puede pedir la cita por internet?
Aqui en el barrio... ¿donde tendria que ir a pedirla?
Aquí os dejo lo que pone en la Ordenanza Fiscal para el tema del IBI dentro de la pagina del Ayuntamiento.
Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)
Redacción vigente para el año 2010
Artículo 10. Viviendas de protección oficial.
Las viviendas de protección oficial y las equiparables a éstas según las normas de la Comunidad de Madrid, disfrutarán de una bonificación del 50 por 100 durante los tres períodos impositivos siguientes al del otorgamiento de la calificación definitiva.
Dicha bonificación se concederá a petición del interesado, la cual podrá efectuarse en cualquier momento anterior a la terminación de los tres períodos impositivos de duración de la misma y surtirá efectos, en su caso, desde el período impositivo siguiente a aquel en que se solicite.
Un saludo.
E_C