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RyO79
RyO79
17/04/2012 10:53

Seguro casa en IRPF

6.007 lecturas | 30 respuestas

Una pregunta para los expertos: el seguro individual de la casa que pagamos al BBVA (o a quien sea) es parte de la inversión en vivienda habitual a efectos del IRPF, ¿no?

 
F
fexo1979
30/05/2013 00:25

Mira NV75:

Deducción por la inversión en vivienda habitual de nueva construcción (solo hasta el año 2012).

Los contribuyentes madrileños que inviertan en una vivienda habitual de nueva construcción pueden deducirse el 1 por ciento de las cantidades invertidas durante el ejercicio.

 

Para poder aplicarse esta deducción, los contribuyentes deben haber adquirido la vivienda habitual con posterioridad al 30 de abril de 2009 y deben tener derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual regulada en la normativa estatal.

TITULO: IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS, LEY 35/2006
CAPITULO: COMUNIDADES AUTÓNOMAS: DEDUCCIONES AUTONÓMICAS
SUBCAPITULO: COMUNIDAD DE MADRID 2009
REFERENCIA: 130208-DEDUCCIÓN POR INVERSIÓN VIVIENDA HAB. SI ESTÁ EN CONSTRUCCIÓN

PREGUNTA:

La deducción de la Comunidad de Madrid por inversión en vivienda habitual de nueva construcción ¿puede aplicarse por las cantidades satisfechas mientras la vivienda está en construcción?

RESPUESTA:

Las cantidades satisfechas mientras la vivienda está en construcción dan derecho a la deducción, siempre que no se trate de autoconstrucción, dado que la normativa del impuesto asimila la construcción con la adquisición o rehabilitación de la vivienda.

El hecho de que cuando se estén abonando cantidades a cuenta de la futura entrega aún no se haya producido la primera entrega de la vivienda, no impide la aplicación de la deducción puesto que el mismo artículo indica que la calificación de nueva construcción se cumple cuando dé lugar a la primera entrega, pero no sólo a partir del momento en que tal entrega se verifique.

Por el contrario, no es aplicable la deducción a las operaciones constitutivas de autoconstrucción puesto que en ellas no se produce una primera entrega, tal y como la define la normativa del Impuesto sobre el Valor Añadido, por lo que no puede calificarse la operación como de entrega de vivienda de nueva construcción.

NORMATIVA: Artículo 1 .Dos.9 Ley 3 / 2008 , de 29 de diciembre de 2008 de la Comunidad de Madrid, introducido por Ley 4/2009 .
Informe de la Comunidad de Madrid de 30 de septiembre de 2009
 


 


Editado por fexo1979 30/05/2013 0:29
 
F
fexo1979
29/05/2013 22:06

Pero NV75 el problema es... que algunas veces cuando te contestan no te ayudan.

Saludos


Editado por fexo1979 29/05/2013 22:08
 
NV75
NV75
29/05/2013 16:20

Fexo, 

 

llama a hacienda y pregunta, que por llamar no hacen paralelas.

 

saludos. 

 
F
fexo1979
29/05/2013 14:09

Una ultima pregunta del 1% de deduccion me comenta un "experto" se solo se puede deducir los años en los cuales la vivenda.estaba en construcion esto no me cuadra nada porque habla en la normativa de si sube el.interes se puede deducir.y eso es año a año...pero.supongo que ya da igual porque para desgravar el 2013 este 1% desparece no?

 
RyO79
RyO79
23/05/2013 19:00

Bueno, ya me he pasado por el banco y no me han puesto problemas en buscar otro seguro, pese a no cumplir lo de los 2 meses. ¿Alguna sugerencia? ¿Qué tal la Mutua?

 
RyO79
RyO79
14/05/2013 09:02

Gracias sandra123, me falta menos de esos 2 meses para renovar pero iré al banco a ver qué me cuentan.

Saludos

 
F
fexo1979
12/05/2013 20:14

Gracias sandra 123

 
sandra123
sandra123
10/05/2013 10:03

RyO79 dijo:

Vecinos, ¿es muy complicado cambiar de seguro de hogar? Tengo el que venía por defecto en la hipoteca del BBVA, pero me acaban de mandar el aviso de cobro y son más de 200 euros...

 

Es muy sencillo, lo único que los seguros tienen un preaviso de dos meses para poder cancelarlo. Antes las aseguradoras vinculadas a los bancos, no solían ponían problemas si no hacías ese preaviso  y no te lo iban a reclamar posteriormente, pero ahora sí ponen mil pegas al estar vinculado a hipotecas que ellos han concedido ...Si lo haces en el plazo que marca la norma te evitas cualquier tipo de problemas.

Para el año que viene, mira bien cuando es el periodo de tu seguro, por ejemplo si es de 01/06/2013 a 01/06/2014, envía un escrito con mas de dos meses antes de la fecha 01/06/2014, durante el año pide presupuestos y la única condición es que tienes que seguir poniendo de beneficiario del seguro a tu banco (si es el BBVA pues el BBVA),con lo cuál donde hagas el nuevo seguro le tienes que indicar quién es el nuevo beneficiario, y cuando lo tengas hecho comunicarselo a tu banco. En la nueva aseguradora como todas, suelen tener tambien promociones para los nuevos, por lo que de primeras con lo mismo te va a salir ya mas barato. Eso sí ,te recomiendo que no te vayas a la más baratas, las hay muy buenas(con buena fama a la hora de responder por siniestros de todo tipo y que trabajan bien) y a precios muy competitivos...

Saludos,


Editado por sandra123 10/05/2013 10:03
 
sandra123
sandra123
10/05/2013 09:50

fexo1979 dijo:

Muchas gracias Sandra123, creo que no presentare el escrito para reclamar los 90 euros del 2011 porque dicen que luego te miran con lupa...y a lo que decias que van a quitar el 1% yo entendi que seria a los que compraran vivenda nueva a partir de 1 de enero de 2013 o es con caracter general...con el tiempo no nos podremos desgravar nada frown

Saludos y gracias

 

Hola fexo 1979, si tu crees que tienes derecho, yo si fuera tu si la pediría, es un escrito en menos de un folio que no te cuesta apenas nada hacer: encabezado dirigido a tu Administración de AEAT, datos de ejercicio IRPF, indicando la fecha de compra de tu vivienda y que tuviste un error por omisión en esa casilla, y que tienes derecho a esa deducción del 1% e indicando tu nº de cuenta, y si ya les facilitas una fotocopia de la página de tu escritura de compraventa de tu vivienda donde viene la fecha de compra te puedes evitar en el caso de que te lo pidieran darte un nuevo paseo. Si lo cumples poco tiene que decir la AEAT...

Saludos,

 
P
phaouan
10/05/2013 08:55

Buenaas. Yo lo cambié el segundo año y efectivamente hay que enseñarles que la casa está asegurada pero no pusieron ningún problema. Es bastante caro el seguro qe nos meten.

 
K
Kurosasori
09/05/2013 14:00

RyO79 dijo:

Vecinos, ¿es muy complicado cambiar de seguro de hogar? Tengo el que venía por defecto en la hipoteca del BBVA, pero me acaban de mandar el aviso de cobro y son más de 200 euros...

 

Hola

A mi también me ha subido bastante ese año con el BBVA. Al parecer teníamos un descuento durante los primeros años, han actualizado capitales asegurados y... que tienen mucha cara también influye. En mi caso era casi un 40% de subida. Yo hable con ellos y ha bajado un poco pero no tengo claro que lo haga con ellos.

En cuanto a tu pregunta, si se cambia hay que darles un "papel" de que tienes seguro (bastaría con uno de incendio) pero no se como de complicado es.

Saludos

 
RyO79
RyO79
09/05/2013 10:54

Vecinos, ¿es muy complicado cambiar de seguro de hogar? Tengo el que venía por defecto en la hipoteca del BBVA, pero me acaban de mandar el aviso de cobro y son más de 200 euros...

 
F
fexo1979
08/05/2013 18:26

Muchas gracias Sandra123, creo que no presentare el escrito para reclamar los 90 euros del 2011 porque dicen que luego te miran con lupa...y a lo que decias que van a quitar el 1% yo entendi que seria a los que compraran vivenda nueva a partir de 1 de enero de 2013 o es con caracter general...con el tiempo no nos podremos desgravar nada frown

Saludos y gracias

 
K
Kurosasori
08/05/2013 13:56

sandra123 dijo:

Para el ejercicio 2013, que haremos el año q viene, ya no está vigente este 1% adicional de Madrid.. Madrid lo ha eliminado con efectos 1/1/2013 en la última ley de medidas fiscales aprobada el pasado diciembre.

Editado por sandra123 08/05/2013 10:16

 

Sandra, gracias por la info.

Saludos

 
sandra123
sandra123
08/05/2013 09:31

hola, la Aeat no puede saber si tu cumples la deducción autonómica para obtener un 1% de deducción en vivienda por residir en Madrid. eres tu el q tiene q cumplimentar dicha casilla si crees q cumples los requisitos a la luz de la normativa.

entra en la web de la Aeat www.aeat.es y mira el manual de renta 2012, en las páginas 29 y ss y 651 t ss, te indica como pedir una deducción a la q tenías derecho de años anteriores que no te pusiste, siempre q no haya prescrito.

Para el ejercicio 2013, que haremos el año q viene, ya no está vigente este 1% adicional de Madrid.. Madrid lo ha eliminado con efectos 1/1/2013 en la última ley de medidas fiscales aprobada el pasado diciembre.


Editado por sandra123 08/05/2013 10:16
 
F
fexo1979
06/05/2013 23:18

Hola quisiera haceros una pregunta,el año pasado presente la declaracion y se me paso pedir la deduccion del 1%,no entiendo que la tengas que pedir la verdad si es nuestro... puedo pedir la reduccion del año pasado y de este año, me paso del limite de los 9000 euros los 2 años vivo en Rivas
Graciasnr

 
NV75
NV75
06/05/2013 15:20

salmar dijo:

Buenas;

Ya estamos otro año más con el irpf.

Alguien sabe si este año sigue vigente la deducción del 1 % de la Comunidad de Madrid. 

Muchas gracias.

 

si, vuelve a aparecen en le programa padre. Un saludo.

 
S
salmar
01/05/2013 19:49

Buenas;

Ya estamos otro año más con el irpf.

Alguien sabe si este año sigue vigente la deducción del 1 % de la Comunidad de Madrid. 

Muchas gracias.

 
NV75
NV75
22/05/2012 09:02

Segun el manual de renta de la aeat:

capítulo 17 deducciones de la comunidad de madrid

Por inversión en vivienda habitual de nueva construcción.
Cuantía de la deducción:
l El 1 por 100 de las cantidades invertidas en el ejercicio por las que el contribuyente tenga derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual regulada en el artículo 68.1 de la Ley del IRPF (47) con los siguientes requisitos:
Requisitos y otras condiciones para la aplicación de la deducción:
l La vivienda adquirida debe ser de nueva construcción y haber sido adquirida a partir del 30 de abril de 2009.
Se entenderá que se trata de una vivienda de nueva construcción cuando dé lugar a una primera entrega tal y como se define en el artículo 20.Uno.22º de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, reguladora del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
l No se aplicará la deducción por:
- Las obras de rehabilitación de la vivienda propia ni por las obras e instalaciones y adecuación
en la misma.
- Las cantidades depositadas en las cuentas vivienda a que se refiere el artículo 56 del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
l La base de la deducción, en los términos anteriormente comentados y sus límites serán los mismos que la deducción por inversión en vivienda habitual regulada en el artículo 68.1 de la Ley del IRPF. Asimismo, se aplicará la Ley del IRPF en lo no previsto en los puntos anteriores.

 

Cumplimos los requisitos y eso es lo que cuenta, en ningún lado dice que solo te puedas desgravar un año. dejo el link al manual completo.

http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/DIT/Contenidos_Publicos/CAT/AYUWEB/Biblioteca_Virtual/Manuales_practicos/Renta/Manual_renta_patrimonio_2011_es_es.pdf

 

saludos

 
anaivan
anaivan
21/05/2012 21:43


  1. Yo estuve el viernes en  hacienda para hacer la declaracion y le pregunte a la chica lo de la deduccion del 1%(28,63EUROS)  y me dijo que de momento no habia limite  que se puede poner en otros años o por lo menos eso fue lo que me dijo, tambien meti el seguro de la casa,chao vecinos


 
RyO79
RyO79
21/05/2012 17:41

Yo sí lo he metido, de hecho es la primera vez que oigo que sólo valga el 1er año. Si no estuviera bien, habré cometido un fraude de 90 * (tipo aprox. del 20%) = 18 euros ! :)

 
Oscar80
Oscar80
21/05/2012 17:27

Arcanthos dijo:

Ya lo he hecho, muy fácil modificando el borrador desde la casilla 717, y despues la casilla 906. Pones la cantidad desgrada y te dan un máximo de 90,40 euros ( q es un 1% de 9040 euros )

 

Hola,

Estuve el otro en una delegación de hacienda para modificar el borrador y confirmarlo. El tema es que al pedirles que incluyeran la desgravación del 1% en la casilla 906 me dijeron que solo tengo derecho a ella el 1º año (declaración correspondiente al año de adquisición de la vivienda). No lo he contrastado pero quería avisaros por si acaso.

1 saludo

 
A
Arcanthos
24/04/2012 16:19

Ya lo he hecho, muy fácil modificando el borrador desde la casilla 717, y despues la casilla 906. Pones la cantidad desgrada y te dan un máximo de 90,40 euros ( q es un 1% de 9040 euros )

 
K
Kurosasori
23/04/2012 09:55

Hola,

La deducción del 1% de la Comunidad de Madrid por adquisición de vivienda nueva, continua. Con un certificado digital valido se puede modifciar el borrador directamente en la pagina web.

Saludos

 
Oscar80
Oscar80
20/04/2012 23:04

Arcanthos dijo:

Hola buenas, estoy esta tarde con la declaración liado. Y no encuentro la casilla 906, de la que hablais. Mi borrador acaba en la casilla 779. Me podeis ayudar???

Gracias

 

En el borrador no aparece Arcanthos, para modificar esa casilla necesitas bajarte el programa PADRE o bien llamar por telefono a la agencia tributaria o pedir cita y modificarla presencialmente.Yo el año pasado hice esto ultimo...otra cosa es que siga este año....que es lo que desconozco.

 
A
Arcanthos
20/04/2012 20:50

Hola buenas, estoy esta tarde con la declaración liado. Y no encuentro la casilla 906, de la que hablais. Mi borrador acaba en la casilla 779. Me podeis ayudar???

Gracias

 
Oscar80
Oscar80
19/04/2012 19:34

¿Alguien sabría decirme si la deducción autonómica del 1% (casilla 906 del año pasado) sigue activa o también la han recortado?

Muchas gracias

 
sandra123
sandra123
18/04/2012 09:43

buenas

os pongo el siguiente hilo donde se habla del tema por si os ayuda (yo soy sandy en el otro foro):

http://paudevallecas.org.s64-45.furanet.com/foropaudevallecas/index.php?PHPSESSID=cb82daf37c6b172c3a008340e5ae2166&topic=15373.0

En mi escritura está el seguro de vida, de casa y me lo deduzco, pero yo no me subrogué (lo tengo con otro banco) por lo que desconozco lo que pone en las vuestras. El tema de los seguros tiene bastante controversia.


Editado por sandra123 18/04/2012 19:03
 
RyO79
RyO79
17/04/2012 17:37

He mirado en un tocho-manual de la renta, y dice que lo siguiente se puede meter:

"Las primas de los contratos de seguro de vida y de incendios, siempre que estén incluidos en las condiciones de los préstamos hipotecarios obtenidos para la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual."

Así que yo creo que sumaré los cientoypico euros del seguro, y listo. A propósito, el límite de deducción es este año de 9040 euros.

 

 
chuflos
chuflos
17/04/2012 15:00

RyO79 dijo:

Una pregunta para los expertos: el seguro individual de la casa que pagamos al BBVA (o a quien sea) es parte de la inversión en vivienda habitual a efectos del IRPF, ¿no?

 

 

Hola

La verdad es que no tenia ni idea de que se podia, de todas formas, tal y como pone en este Post es solo una parte...

http://foros.expansion.com/mis-finanzas/79216-seguro-de-vida-tasacion-seguro-del-hogar-deduccion.html

 

Aun asi yo te aconsejaria llamaras al tlf de hacienda y lo preguntaras, con lo que finalmente sea, por favor comentamelo, yo este año ya he amortizado el maximo 9.015 pero para futuros años contare con este apartado que no tuve en cuenta...

Un saludo.

 

Fin del hilo
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