Hola vecinos!
He leido el siguiente parrafo en el boletin de la comunidad de madrid referente a vivienda protegida:
"c) El precio de venta de la vivienda será el resultado de multiplicar el precio máximo de venta por metro cuadrado de superficie útil que figure en la calificación definitiva de la vivienda, por alguno de los coeficientes que se indican a continuación y minorar de la cantidad resultante el 50 por 100 de las cantidades desembolsadas durante el arrendamiento en concepto de renta:
- 1,3 veces si la opción de compra se ejerce transcurrido el quinto año.
- 1,4 veces si la opción de compra se ejerce transcurrido el sexto año.
- 1,5 veces si la opción de compra se ejerce transcurrido el séptimo año."
Según la documentación entregada por la EMV, la venta sería a los 7 años y multiplicado por dos...¿nos podremos acoger a las condiciones de la CAM, que son claramente más favorables?