Artículo 3: Elementos Comunes del COMPLEJO INMOBILIARIO.
Tal y como ha quedado señalado en el título constitutivo del COMPLEJO INMOBILIARIO, son elementos cuyo mantenimiento, reparación o sustitución corresponde a los miembros del COMPLEJO INMOBILIARIO: el solar sobre el que éste se asienta; las calles privadas 1 y 2 , las casetas de vigilancia y las pistas de pádel 1 y 2.
La pista de pádel 1 será elemento común de uso exclusivo de las Área 1 y 2.
La pista de pádel 2 será elemento común de uso exclusivo de la Área 3.
En consecuencia:
• Los dueños de cada uno de los edificios ni su comunidad podrán alterar la configuración o ubicación de los elementos indicados sin el consentimiento de todos.
• Solamente podrán disfrutar de la zona interior común propias de cada una de la Comunidades de Propietarios, los titulares de las viviendas de los edificios o quienes ocupen las viviendas por cualquier título.
Artículo 6: Seguridad y vigilancia.
La seguridad y vigilancia de las edificaciones de cada una de las Comunidades de Propietarios que integran el COMPLEJO INMOBILIARIO se deberá de instalar, contratar y pagar de forma conjunta