Invalidez de normas
¿Son válidas las normas aprobadas en la última Junta de la Comunidad General Avenida Francisco Aguirre-Alvarado-Progreso?
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Habiendo recibido recientemente copia de lo establecido en la Junta Extraordinaria de la Comisión Directiva de la Comunidad General “Avenida Francisco Aguirre-Alvarado-Progreso” celebrada el pasado 14 de junio de 2007 a las 20:30 horas, en el inmueble situado en la calle c/ Cristo de Guía, 16, 1º E y una vez procedida su lectura, no estoy de acuerdo con lo recogido en la misma por los siguientes motivos:
1. Me sorprende que en la orden del día estuviese recogida la lectura y la aprobación del Reglamento de Régimen Interno por el que han de regularse los detalles del uso y acceso a la piscina y las zonas deportiva, ya que según las normas Estatutarias Especiales de la Comunidad, las cuales hace tiempo nos fueron remitidas por la administración, recogen en su punto 14.- “Sin menoscabo de las normas estatutarias especiales antes establecidas, para regular los detalles de convivencia y la adecuada utilización de los servicios y cosas comunes), especialmente en lo referente al local sótano (no dice que sea exclusivo para el sótano) los copropietarios podrán fijar, dentro de los límites establecidos por dicha ley, normas de régimen interior que obligarán a todos los titulares”, que yo sepa no se ha consultado con los copropietarios para la elaboración de dichas normas, ni se ha informado a dichos copropietarios del contenido de las mismas antes de su aprobación.
2. Si bien en el articulo 13 de las normas Estatutarias establecen “…. Los representantes de cada sub-comunidad, por el hecho de su nombramiento, se entenderán investidos de las más amplias facultades de representación, respecto a los propietarios de fincas independientes que formen aquellas, ya que su nombramiento, con las mayorías legales, implica una delegación de facultades a su favor en dicho sentido, pudiendo, en consecuencia, adoptar acuerdos que vinculen a todos los propietarios en orden a problemas de ordinaria o extraordinaria administración…”, entiendo que la creación de unas normas de régimen interior no son un problema, sino una necesidad, y que según lo establecido en el articulo 14 de las normas estatutarias, son los copropietarios quienes las establecerán.
POR TODO ELLO: LAS NORMAS SUPUESTAMENTE APROBADAS EL PASADO DÍA 14 CARECEN DE VALIDEZ, AL NO HABERSE CONSULTADO PREVIAMENTE A LOS COPROPIETARIOS.
3. La Junta no nos puede imponer a los copropietarios sin consultarnos previamente: del horario que debemos de tener ; las prohibiciones de uso de la piscina, de las pistas de padel y de las zonas comunes ; de los invitados que podemos o no llevar ; del numero de personas a las que supuestamente se debe realizar el carné por vivienda , dándose el caso que algunas viviendas podrán tener 5 o más carnés de acceso y otras solo dos (según la amplitud de la familia) siendo que todas las viviendas de la comunidad somos propietarios de 1/167 parte y contribuimos por igual a la comunidad ; no se nos puede imponer sin consultar el posible pago de unas invitaciones , ya que esta comunidad no tiene licencia para ejercer la actividad de piscina pública y el pagar por acceder a dicho recinto podría acarrear una sanción administrativa.
Por otra parte, he podido dar un paseo por las zonas comunes y he observado el cerramiento efectuado en la terraza de la cocina del piso 5º de portal 162, parece ser a simple vista que en esa terraza existe una caldera gas sin que se observe ventilación alguna que evite la acumulación del gas, esta instalación acarrea un riesgo innecesario primero para el propietario de dicho inmueble y segundo para todos los vecinos, por lo que la administración se debería de poner en contacto con el propietario, e intentar corregir esa deficiente ventilación. En caso de que dicho propietario no atienda a razones la administración debería solicitar a gasnatural el corte de suministro hasta que la instalación sea reglamentariamente segura.
Por último, he observado en mi portal la limpieza deja mucho que desear y no es achacable en este caso al servicio de limpieza sino más bien a la manía de pegar papeles con celofán en las paredes, la administración debería de tener un poco más de cuidado y poner menos cinta adhesiva y retirar la misma cuando retire los papeles, que la verdad queda un poco asqueroso.