El texto completo en
http://notitia-criminis.blogspot.com/2008/11/el-pocero-judah-eleazar-binstock-mosen.html El Pocero, Judah Eleazar Binstock, Mossen Al Kassar y el abogado José Luis Sanz Arribas Francisco Hernando Contreras, conocido como “El Pocero” ; Judah Eleazar Binstock, el mayor propietario de suelo en Málaga y, por supuesto, uno de los mayores terratenientes de Marbella, relacionado por los medios de comunicación con asuntos tan turbios como el caso “Iran-Contra” ; el traficante de armas sirio Mossen Al Kassar ; el capo de la Cosa Nostra corleonesa Giovani Greco, en busca y captura internacional y acusado en Italia de dos secuestros con resultado de muerte ; y los capitanes golpistas Enrique Bobis y José Cid Fortea, condenados en el Consejo de Guerra del 23-F, tienen un eslabón que les une: el letrado José Luis Sanz Arribas.
Jose Luis Sanz Arribas, abogado de “El Pocero” El abogado José Luis Sanz Arribas tiene, como se ha visto, una lista de clientes muy peculiares, lo que no es ninguna acusación, sino la constatación de un hecho. Es cierto que un abogado puede elegir a sus clientes, pero también es cierto que el más depravado de los criminales tiene derecho a la mejor defensa que se pueda pagar y algunos de los clientes del despacho de Sanz Arribas, sin duda, pueden pagar muy bien, así que ninguno de ellos va en desdoro de las habilidades profesionales del señor Sanz, sino todo lo contrario.
Sin embargo, José Luis Sanz Arribas no parece ser sólo el abogado de Francisco Hernando “El Pocero”. El despacho que tiene en Madrid, en la C/ Cea Bermúdez, 53, 3º (dech) Lo comparte con su hijo, José Luis Sanz Cid, al igual que el domiciliado en Marbella y que gira bajo la denominación de SANZ ARRIBAS CID ABOGADOS SL.
Padre e hijo también comparten consejo de administración en varias sociedades de su propiedad, pues además de abogados los dos son empresarios, entre otros, del ramo de la construcción. Sin embargo hay tres sociedades en las que José Luis Sanz Cid no consta en los Registros Mercantiles junto a su padre, sino junto al mismísimo “Pocero”, a saber: PARQUE TECNOLÓGICO TOLEDO NORTE SA, ya extinguida ; OBRAS NUEVAS DE EDIFICACIÓN 2000 SL, es decir ONDE-2000, el instrumento con el que Francisco Hernando se lanzó a construir el engendro urbanístico de Seseña y a realizar las obras en el hipódromo de José Bono ; y GRUPO FRANCISCO HERNANDO CONTRERAS SL. que, como su nombre indica, también es propiedad mayoritaria del “Pocero”.
La mercantil PARQUE TECNOLÓGICO TOLEDO NORTE SA, tiene especial significación en todo este asunto. Esa empresa fue el medio con el cual Francisco Hernando y sus socios, entre ellos José Luis Sanz Cid, se hicieron con los terrenos del “Quiñón”, donde ahora se levanta la desolación de “Residencial Francisco Hernando”.
Sin embargo, sobre la actuación de estas empresa y, por lo tanto, de sus socios, lo mejor será dejar hablar a los juzgados que intervinieron en le litigio entre el “Pocero” y la familia González Mejía, arrendatarios del Quiñón y titulares de un derecho de adquisición preferente sobre la finca.
Según transcriben Ruth Hugalde y Alejandra Ramón en su libro “El Pocero de Seseña”, el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Illescas, calificó en estos términos el intento de PARQUE TECNOLÓGICO TOLEDO NORTE de suspender la ejecución de la sentencia del Tribunal Supremo que en 1997 daba la razón a la familia González Mejía: “ha de desestimarse la petición de suspensión del proceso de ejecución que formula PARQUE TECNOLÓGICO TOLEDO NORTE al consistir ésta en un fraude de ley, abuso de derecho y fraude procesal. Se da la circunstancia de que a través de la documental presentada se demuestra cómo el agente urbanístico (Onde 2000) es el verdadero propietario de la finca objeto de la ejecución”.
Contra esta sentencia los socios de PARQUE TECNOLÓGICO etc. recurrieron y el fallo del recurso fue aún más esclarecedor. Después de calificar la actuación de la mercantil de fraude de ley y abuso de derecho, añadía que “PARQUE TECNOLÓGICO TOLEDO NORTE pertenece a un entramado o complejo de sociedades dominadas por ONDE-2000... La recalificación no es un acto sobrevenido involuntariamente, sino un acto calculado y voluntario. La sentencia es de condena, el vendedor está obligado tanto por la sentencia como procesalmente, como por los artículos de la compraventa del Código Civil, a entregar la cosa en el estado en el que estaba y conservarla con la diligencia de un buen padre de familia”.
En el 2005 una nueva sentencia aseguraba que “desde que la finca se transmitió a PARQUE TECNOLÓGICO TOLEDO NORTE se ha intentado por diferentes vías impedir el cumplimiento de la sentencia” y añadía que esa sentencia debía ser cumplida porque “la recalificación se ha obtenido mediante una maquinación e ingeniería jurídica”.
Así que, resumiendo, en el origen de “Residencial Francisco Hernando” y según los tribunales de justicia que han fallado sobre el caso, hay fraude de ley, fraude procesal, abuso de derecho y “maquinaciones e ingeniería jurídica” y tras ese fraude de ley, abuso de derecho, ingeniería y maquinaciones jurídicas, están los socios de PARQUE TECNOLÓGICO TOLEDO NORTE y de ONDE-2000, es decir, Francisco Hernando Contreras entre otros, pero también José Luis Sanz Cid, hijo del abogado José Luis Sanz Arribas ; administrador único, que lo fuera, de PARQUE TECNOLÓGICO TOLEDO NORTE ; apoderado de ONDE-2000 ; y apoderado de GRUPO FRANCISCO HERNANDO CONTRERAS SL.