BTCval dijo:
REAL DECRETO 1578/2008, de 26 de septiembre,
Disposición adicional séptima. Periodicidad de la facturación
y lectura de las tarifas domésticas.
La facturación de las tarifas de suministro de energía
eléctrica social y domesticas (hasta 10 kW de potencia
contratada) a partir del 1 de noviembre de 2008 se efectuará
por la empresa distribuidora mensualmente llevándose
a cabo con base en la lectura bimestral de los equipos
de medida instalados al efecto
se supone que se basan en el mismo periodo del año anterior si el año pasado entre dic-enero pagaste 60 ahora por un mes esteaño t pasarian 30euros pero vamos me da que no te pasan la mitad sino mas
o yo lo estoy leyendo mal o ahi dice precisamente que desde el 1 de noviembre del año pasado la lectura se realiza in situ(contador) siendo esta mensualmente y la factura bimensual.
donde dices que pone que te toman la lectura del año anterior??? parece que no estamos leyendo lo mismo... jajaja