En nuestras escrituras dice lo siguiente:
" La Mancomunidad de Propietarios del Residencial Frnacisco Hernando estará integrada por cada una de las Comunidades Generales que existen en las parcelas que integran dicha promoción inmobiliaria y, en su caso, por las parcelas sobre las que todavía no se han iniciado las actuaciones de construcción o no se hayan constituido las comunidades de propietarios" Artículo 1 de los Estatutos de La Mancomunidad
"Corresponde a la Mancomunidad de Propietarios y son objetivos y competencias de la misma:
- Integrar a los propietarios para resolver sus problemas comunes, representándoles ante el Estado, La Comunidad Autónoma, la Provincia, el Municipio y ante todo organismo de carácter público o privado
- Gestionar e intervenir en todo lo relativo al uso y disfrute del Residencial Francisco Hernando, en un primer lugar con el agente urbanizador y posteriormente con el Municipio de Seseña, especialmente en lo que respecta al uso de zonas ajardinadas, deportivas, etc
- Establecer las normas de apariencia externa de los edificios, de tal manera que se consiga una estética común para todos aquellos que formen parte de la Mancomunidad, especialmente en lo que respecta a toldos, aires acondicionados, cerramiento de terrazas y carteles anunciadores en los locales comerciales(...)
- La contratación de los servicios generales que, en su caso, pueda necesitar la Mancomunidad: seguridad, jardinería, etc...
Artículo 5: Serán los Órganos de Gobierno de la Mancomunidad la Asamblea de Presidentes de las Comunidades Generales y el Presidente de la Mancomunidad que los mismos elijan
Esto es el resumen de lo que pone en nuestras escrituras.
Aunque hay algunos artículos más en los que se habla de cuotas trimestrales. Cuentas que dependerían de lo que queramos hacer en la urbanización, que en principio sería pagar a un abogado o procurador para que nos solucionen el tema del mantenimiento de las calles parques y alumbrado