RUBEN1985 dijo:
Gracias por las respuestas, sobre todo a fatality por su gran aporte como es habitual, pero yo me refiero si es una compra a un particular que con anterioridad compro a la promotora, digamos que yo seria el segundo propietario.
Entonces utilizando la logica yo adquiri ese inmueble libre de toda carga por lo tanto deberia de ser abonado por el primer propietario ¿o no?
Gracias, lo siento, no sabía que me dirigia a alguien que escribe articulos en revistas cientificas.
Si lees un poco, (esfuerzate, solo es un poco).
“La deuda” la adquiere el edificio no el propietario.
De nada, Ruben.
Editado por Fatality 06/02/2018 12:19