Buenas tardes. Efectivamente, así aparece en la memoria de calidades del contrato, y también estuvimos en la caseta donde se mostraban las baldosas cerámicas rectangulares imitación a madera.
Por cierto, en el anexo 1 del contrato de compraventa aparece la transcripción de los artículos 1279 y 1280 , 1ª del Código Civil, pero en el art. 1278, que no se refleja, el C. Civil hace referencia a que sea cual sea la forma en que se celebren los contratos, estos serán obligatorios.