Hola Gartual, no te preocupes por el IBI. El obligado a pagar el IBI es el vendedor, ya que es el propietario de la vivienda a 1 de enero, que es cuando se devenga el impuesto. Sí es cierto, que si hay acuerdo entre el vendedor y el comprador, que puede hacerse cargo el comprador, pero para eso tiene que haber acuerdo entre ambos y recoger la escritura que se hace cargo el comprador. Es decir, si la escritura no pone nada, quien se hace cargo es el vendedor. Ahora que, si no te quedas tranquilo, puedes exigir que en la escritura aparezca expresamente que Argia se hace cargo. Un saludo.