Sobre este tema, he hablado con un conocido que trabaja en banca desde hace muchos años, y me ha dicho que, como la escrituración no es exactamente una elevación a público del contrato privado, el contenido puede ser diferente. Es decir, que se podría considerar como un nuevo pacto entre las partes.
También me ha comentado que como apoderado que firma varias hipotecas todas las semanas, NUNCA ha visto una escritura donde figuren cláusulas contrarias a derecho. Es decir, que seguramente las cláusulas abusivas del contrato privado como los de la plusvalía, el IBI, la cancelación de la hipoteca de MARTINSA, etc, NO FIGURARÁN (ya que la ley actual sí se aplicaría a la escritura por ser posterior a su entrada en vigor).
Visto lo visto, dudo que MARTINSA vaya a recular con las cláusulas abusivas, así que sospecho que tratarán de que les demos la provisión antes de firmar escrituras delante del notario. Supongo que si te niegas a dar la provisión bajo cuerda,o no quieren darte un un papel donde se aclaren los conceptos de la misma, el apoderado de MARTINSA se negará a firmar la escritura como modo de presión para que te bajes los pantalones.
Por eso es muy importante que llevéis testigos a la firma (si ya fuera otro notario sería lo ideal), para que en caso de juicio posterior, haya testigos que oigan decir al apoderado de la MARTINSA en qué conceptos se provisiona dinero y la cantidad, aunque no esté en escritura. Lo que no sé es si el mismo apoderado de vuestro banco podría servir como testigo.
Saludos,