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ESCRITURACIÓN

¿Debería escriturar sin la licencia de primera ocupación del ayuntamiento?

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Hola chicos me han llamado esta mañana de Hercesa y nos han dicho que si queremos podemos escriturar el 30 de Diciembre .

Al principio me han hecho los ojos chirivitas , pero todo tiene truco y ojo quien decida escriturar,ya que sería hacerlo sin la licencia de primera ocupacion del ayuntamiento  por lo que si hubiese algun problema y el ayuntamiento exigiera la modificacion de cualquier cosa  al haber escriturado ya eres propietario y puede exigirte si hercesa se niega a hacerte cargo del importe que te corresponda de ese arreglo.

PUFFFF no se que hacer ante este caso estoy hecho un cristo con el miedo que si firmo puede acarrearme consecuencias y si no lo hago es posible que me quede sin desgravacion.

 

Pues me parece que tanto si cancelas la 1º hipoteca como la 2º, ellos corren con los gastos... me supongo que es similar a la persona que se marcha a otro banco , la cancelación de constitución del prestamo corre a cargo de Hercesa.

Lo cierto es que no estoy seguro...

 

¿Que tal fue ayer la cosa Astur , ya tienes las llaves?, jejeje

 

Fin del hilo
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