CUAL ES EL VALOR REAL DE UN INMUEBLE
¿Por qué el valor de tasación es diferente que el valor que otorga hacienda?
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Vamos a ver si alguien me explica este dilema.
Si para el FISCO, el valor mínimo por el que puedes vender tu inmueble es el resultante de multiplicar la BASE IMPONIBLE que figura en los recibos del IBI, de cualquier ayuntamiento, por el coeficiente que el ayuntamiento de turno tenga a bien aplicar (en Mataró-Barcelona es 1,6), por qué para el banco o para quien lo tasa, no tiene el mismo valor?
Para más señas:
Según el FISCO las oficinas de mi propiedad tienen un valor mínimo de 330.854,16 € y para la sociedad de tasación, que representa a la entidad a la que le pedí la hipoteca, tiene un valor de 241.583,43 €, tiene esto alguna lógica o simplemente mi banco no me ha hecho un trato?
Un saludo.