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xtro
28/05/2007 16:08

Cuenta vivienda

¿Es necesario empadronarse en la dirección de la vivienda recién adquirida para evitar reclamaciones de Hacienda por cantidades deducidas en cuenta vivienda?

1.384 lecturas | 3 respuestas

Hola.

Hace tres años abrí una cuenta vivienda para deducirme por vivienda habitual cuyo ahorro he empleado en la compra de la misma hace una semana. Una vez hecho esto, tengo entendido que para que hacienda no me reclame las cantidades deducidas hay que empadronarse en la dirección de la vivienda recien adquirida.
¿Sabe alguien si esto es así y de que plazo dispongo para hacerlo??

Gracias
 
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xtro
29/05/2007 08:13
Gracias por las respuestas.

Moni83, porque dices que en tu caso con el contrato de compra-venta o las escrituras ha sido suficiente, ¿Es que has sufrido alguna investigación como dice GloriJoni por parte de hacienda?

Saludos
 
G
GloriJoni
29/05/2007 06:13
Tienes un plazo de 12 meses para empadronarte. En caso de no hacerlo, si te investigan, te podrian pedir que devuelvas todo el dinero que has recibido de hacienda devido a la cuenta vivienda mas intereses
 
M
moni83
28/05/2007 18:00
hola, yo creo q no es necesario empadronarte ya q con el contrato de compra-venta o con las escrituras es suficiente, en mi caso ha sido asi.
 

Fin del hilo
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