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andaca
09/01/2008 20:18

SUBROGACIÓN

¿Qué sucede con los gastos de cancelación en caso de subrogación a una entidad diferente a la indicada en el contrato de compra de un piso?

1.218 lecturas | 2 respuestas
Hola quería comentaros una duda que tengo sobre la subrogación, ya que no tengo mucha idea. En Junio 07 compré un piso. En el contrato pone que te subrogas o no a Caixa catalunya en el momento de la división horizontal. Pone que son cuenta de la compradora, si nno se subroga los gastos de cancelación. Mi pregunta es , ¿ si yo tengo una entidad que mejora las condiciones, y se cancela, con la nueva ley, la cancelación es cero?

Gracias por la ayuda
 
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Pau A
09/01/2008 21:14
perdon, tengo el dedo tonto :P

(...) No digo que sea sencillo o que a la primera de cambio te digan "muy bien, no hay problema...". Este tema se ha comentado ya varias veces en este foro, si buscas, encontraras algo mas de informacion.

Espero ayudar. V´sss
 
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Pau A
09/01/2008 21:11
Buenas noches andaca,

Con la reforma, la penalizacion sera de 0.50 puntos porcentuales, que no "0". Por otro lado, puedes conseguir que tu promotora se encargue de los costes que conlleva la cancelacion de la hipoteca. Aun estando firmado por ti, a la hora de la verdad (juzgados si llegara) no tiene "excesiva validez" y la promotora deberia asumir ese gasto. No digo que sea sencillo o
 

Fin del hilo
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