Buenos dias pipona,
Antes de nada, la subrogacion no es en absoluto obligatoria ; otro tema es que la hayas acatado firmando en contrato de C/V (y aun asi, sabes que no es definitivo).
Por otro lado. El precio de la vivienda esta fijado en "X", los pagos a cuenta durante estos 2 años conllevan parte principal (capital piso) y parte impuesto (i.v.a) que ira convenientemente desglosada en el contrato que firmaste o un cuadro posterior entregado por la promotora. No entiendo de donde salen los intereses. En cualquier caso, si eres tu la que efectua pagos mayores a los pactados, es la constructora la que debe abonar esos intereses (previo pacto).
Si puedes, vuelve a formular la consulta, siento no poder ayudar mucho mas. V´sss