triz10 dijo:
A ver si que es verdad que estas claúsulas cada vez las hacen más enredosas, jolín, aver.... el día que te revisan no es el 27 de enero, cuando tu firmas los intereses son pospagables, que pagas la primera cuota un mes despues, así el 27 de enero ya tienes que saber tú y el banco qué tipo se te aplica. El mes natural a fecha de revisión normalmente es un mes antes, para que de tiempo al banco a revisar el tipo, comúnicartelo, y aplicarlo al préstamo, conclusión un mes antes tenemos fecha real de revisión diciembre, como coge el publicado a primer día hábil de fecha de revisión es el publicado a primeros de diciembre y último euribor BOE a un año media mensual, es el publicado en noviembre que pertenece a la media mensual de octubre....bienvenido al club de la media de octubre...un saludo
Gracias triz10 por tu respuesta.
No obstante a mi nadie me comunicó absolutamente nada, ni tan siquiera con 1 día de antelación.
Respecto a "El mes natural a fecha de revisión normalmente es un mes antes, para que de tiempo al banco a revisar el tipo, comúnicartelo, y aplicarlo al préstamo" no viene especificado por ningún sitio en la escritura ( te recuerdo que en la mía pone "
el mes natural anterior " y no lo que es más común "dos meses naurales anteriores").
Un saludo