Lo único que te ahorras al subrogar una hipoteca (ya que al subrogarla la hipoteca ya está constituida, solo se modifica el acreedor o el deudor según el caso) es pagar de nuevo el IAJD de la responsabilidad hipotecaria de esa hipoteca, ya que ese impuesto sólo se paga cuando se constituye (hecho imponible). El resto de gastos, notaria, gestoría, registro (de la hipoteca)...habría que pagarlos igualmente, a no ser que encuentres algún banco con oferta que asuma esos gastos. Si se trata de una compraventa con subrogación de hipoteca, los gastos de compraventa son los mismos (notaria,gestoria, registro, IAJD e IVA/ITP)