No lo sé exactamente, sé que para llegar a un ERE tiene que estar aprobado por la Autoridad Laboral que le competa, que comprueba la solicitud por parte de la empresa de expediente de regulación de empleo y si reune los requisitos exigidos por la ley la aprueban o no.
Ademas la Autoridad Laboral informa al Inem y solicita un informe a la inspecion de trabajo.
Este ERE en un principio, es de jornada laboral, pasaremos a trabajar el 50% de nuestra jornada actual. No es un ERE con despido de parte de la plantilla, de momento, el siguiente paso sería ese.
No se si me explico, lo que se es por información que voy sacando, no se si estoy mezclando cosas, la verdad es que me pilla todo de nuevas, y lo que debia ser una alegria que ya firmo la hipoteca en pocos días me está costanto unos quebraderos de cabeza impresionantes; por ello quería saber si alguien que estuviese pasando o hubiese pasado por la misma situaciòn me pudiese explicar un poco como funciona este tema.
Gracias