El tema es que me he metido en varios foros y había respuestas distintas acerca del derecho de deducción en cuanto a subrogaciones...algunos afirmaban que si se podía y otros que no, por lo que genera confusión.
Por lo del préstamo promotor me queda claro...me imagino entonces que ya correrán ellos con los gastos de cancelación, pero bueno de eso ya me enteraré.
Y en el caso de tener una hipoteca constituida y cancelarla por una nueva, si se perdería la deducción ??
Muchas gracias por la información.