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raul1982
raul1982
31/03/2011 12:18

¿Cuanto importe y porcentaje me puedo deducir en mi vivienda?

¿Qué porcentaje y cuantía máxima me puedo deducir por cada año de hipoteca?

3.688 lecturas | 7 respuestas

Hola, me gustaría saber que porcentaje y cuantía máxima me puedo deducir por cada año de hipoteca de mi vivienda. Conforme vayan pasando los años, ¿es siempre el mismo ese porcentaje e importe? Sería vitalicia la deducción o por el contrario existe un numero máximo de años para deducir.
PD: Empezare a pagar mi hipoteca a 25 años a partir de este verano con una cuantia de unos 550 euros . Mi contrato de compra venta al promotor es de 2009 y me la entregarán este año (2011). Tengo un sueldo bruto de 31000 €.Gracias.
 

 
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raul1982
raul1982
03/04/2011 02:13

Esta claro triz10, a veces lo mejor es contestarse a uno mismo buscando la información correcta, y no contestar por contestar sin información previa, porque lo que yo me pregunto también se lo pueden preguntar mucho foreros. Sólo queria que se ratificará lo que yo había puesto y si estaba en lo cierto, nada más. Saludos.

 
T
triz10
02/04/2011 21:36

raul1982 dijo:

¿Estoy en lo cierto con lo dicho anteriormente? que alguien me responda. Gracias.

 

si tu mismo te has ocntestado y has puesto literalmente lo que dice el régimen transitorio ¿por qué necesitas que alguien te consteste?

 
raul1982
raul1982
02/04/2011 21:17

¿Estoy en lo cierto con lo dicho anteriormente? que alguien me responda. Gracias.

 
raul1982
raul1982
01/04/2011 10:25

Hola Pedrov4 , creo que te equivocas porque según el regimen transitorio sí que puedo desgravarme independientemente de mi base imponible, puesto que compre antes de 2011. Aqui te dejo el enlace:

2. RÉGIMEN TRANSITORIO APLICABLE EXCLUSIVAMENTE A CONTRIBUYENTES QUE CON ANTERIORIDAD A 1 DE ENERO DE 2011 HUBIERAN SATISFECHO CANTIDADES DESTINADAS A INVERSIÓN EN VIVIENDA HABITUAL.
1. Los contribuyentes cuya base imponible sea superior a 17.724,90 euros, que hubieran adquirido su vivienda habitual o satisfecho cantidades para la construcción de la misma con anterioridad a 1 de enero de 2011, podrán seguir aplicando la deducción, teniendo como base máxima de deducción 9.015 euros anuales, aún cuando su base imponible sea igual o superior a 24.107,20 euros anuales.

 
Y
yaquedamenos10
31/03/2011 19:41

Claro que puedes declararlo. Este año, todo lo que hayas pagado al promotor el año pasado

 
pedrov4
pedrov4
31/03/2011 19:15

Voy a ampliártelo. Esto es así desde el 1 de Enero del 2011. La fecha de compra es la fecha de firma de escrituras ante notario, que en tu caso es Mayo de este año, y por tanto no tienes derecho a deducción, aunque hayas firmado un contrato privado con el promotor en 2009.

Saludos 

 
pedrov4
pedrov4
31/03/2011 19:11

Raul el importe que te puedes deducir es de 0 Euros al año.

Si ganas mas de 24000 no tienes derecho a deducción, ya sabes la ley de economía sostenible.

 

Saludos

 

Fin del hilo
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