¡FALTAN SEIS DÍAS PARA SOLICITAR INDEMNIZACIÓN!
¿Cuándo podemos solicitar indemnización por retraso en la entrega de un inmueble?
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Os cito textualmente la cláusula 9 del contrato : “El retraso de hasta 3 meses respecto del plazo señalado para la entrega del inmueble no dará derecho a LA COMPRADORA a indemnización de ninguna clase ni a la resolución del contrato”
Es decir, a partir del 1 de junio TENEMOS DERECHO A INDEMNIZACIÓN.
“Trascurridos 3 meses respecto al plazo previsto para la entrega del inmueble sin que se hubiese verificado la citada entrega, la parte compradora PODRÁ OPTAR ENTRE SEGUIR EXIGIENDO EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO O EXIGIR LA RESOLUCIÓN DEL MISMO con la devolución por parte de REALIA de las cantidades percibidas a cuenta del precio, más interés legal....”
¡FALTAN SEIS DÍAS PARA SOLICITAR INDEMNIZACIÓN!