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G
Gomoso
08/09/2007 16:12
asantos2 dijo:

Si la verdad es que las condiciones de la hipoteca cualificada son mejores, en cuanto al tipo de interés que es menor, pero con la ley que hay ahora mismo son 15 años más de calificación y no se si quiero vivir 30 ños en esa casa o me gustaría cambiar de casa antes.

Me tira patras el tema de pensar que practicamente tendré que esperar a estar medio jubilido para vender la casa si decido mudarme, que la vida da muchas vueltas, jeje.

Un saludo.


Hola asantos2, he sacado el tema este en el foro de la promoción 37, y mira lo que me ha dicho un forero:

Yo desde un principio pensaba que era como tu has dicho, pero ultimamente no he estado muy convencido por algunas cosas que he visto y esta mañana he llamado a la abogada de mi promocion y se lo he preguntado. Me ha dicho que desde abril de 2006 ha salido una nueva norma y que si cogemos o no, el prestamo convenido, las casas tienen que estar protegidas durante 30 años

y una forera:

En efecto en el Plan de vivienda 2005-2008 en el art.5 que habla sobre descalificación, pone:
" 1. Las viviendas sujetas a regímenes de protección
pública que se acojan a las medidas de financiación esta-
blecidas en este Real Decreto tendrán un régimen de pro-
tección, sin posibilidad de descalificación voluntaria, que
se extenderá a toda la vida útil de la vivienda, conside-
rando como tal un período de 30 años, contado desde su
calificación definitiva "

Así que parece que da igual que hipoteca cojamos, no podremos descalificar en 15 años. Mínimo en 30.

Lo que yo no entiendo es por qué tu firmas unas condiciones y luego te las pueden cambiar y/o modificar. En fín..esto son lentejas.

Saludos a tod@s!!!
 
A
alfonsoruiz19
08/09/2007 12:45
Alguien ha echado cuentas de cuanto tiene que pagar de letra mas o menos? y alguien sabe en que consiste las ayudas que nos digeron el dia de la firma del contrato
 
B
bea_miguel
07/09/2007 17:22
asantos2 dijo:

Si la verdad es que puestos a las malas siempre se puede vender y recuperar lo invertido, pero lo tendría muy chungo para comprar otra cosa, jeje.

¿Para cuando está prevista la entrega de llaves de vuestra promoción?.




Pues si, lo tendrias mas bien chungo jeje en teoria nos lo dan en octubre o noviembre de 2008, pero yo creo q sera para primeros del 2009, casi mejor la verdad.
A vosotros no os queda nada!!!
 
A
asantos2
07/09/2007 14:13
rops dijo:

Alguien puede decirme como se calcula la letra de una hipoteca.
Gracias.


Normalmente en las páginas Web de los bancos hay aplicaciones para calcular la letra de la hipoteca y los gastos de la misma, si es que los hay.

Un saludo.
 
R
rops
07/09/2007 14:09
Alguien puede decirme como se calcula la letra de una hipoteca.
Gracias.
 
A
asantos2
31/08/2007 14:31
Si la verdad es que puestos a las malas siempre se puede vender y recuperar lo invertido, pero lo tendría muy chungo para comprar otra cosa, jeje.

¿Para cuando está prevista la entrega de llaves de vuestra promoción?.

 
B
bea_miguel
30/08/2007 15:35
asantos2 dijo:

Si la verdad es que las condiciones de la hipoteca cualificada son mejores, en cuanto al tipo de interés que es menor, pero con la ley que hay ahora mismo son 15 años más de calificación y no se si quiero vivir 30 años en esa casa o me gustaría cambiar de casa antes.

Me tira patras el tema de pensar que practicamente tendré que esperar a estar medio jubilido para vender la casa si decido mudarme, que la vida da muchas vueltas, jeje.

Bueno creo que vosotros tendreis un poco más de tiempo que nosotros para meditarlo, así que ya os contaré lo que he decidido al final.

Lo que si parece interesante es estar atento a los cambios que saque el ministerio en la dichosa ley.

Un saludo.

Hombre si necesitaras vender, si que puedes hacerlo a partir del quinto año, lo que no puedes hacer es especular, es decir, tendrias q venderlo al precio del modulo de vpp de ese momento.
 
A
asantos2
30/08/2007 14:26
Si la verdad es que las condiciones de la hipoteca cualificada son mejores, en cuanto al tipo de interés que es menor, pero con la ley que hay ahora mismo son 15 años más de calificación y no se si quiero vivir 30 años en esa casa o me gustaría cambiar de casa antes.

Me tira patras el tema de pensar que practicamente tendré que esperar a estar medio jubilido para vender la casa si decido mudarme, que la vida da muchas vueltas, jeje.

Bueno creo que vosotros tendreis un poco más de tiempo que nosotros para meditarlo, así que ya os contaré lo que he decidido al final.

Lo que si parece interesante es estar atento a los cambios que saque el ministerio en la dichosa ley.

Un saludo.
 
B
bea_miguel
28/08/2007 14:52
asantos2 dijo:

Hola Bea y Miguel,

Ya veo que hay alguien más que también se lo ha mirado.
Me ha despistado un poco lo que pone en el contrato de compra venta que firmamos con el IMSM respecto al tema de liquidar el crédito cualificado y el tiempo de protección de la vivienda. Imagino que la información que tenian cuando la redactaron no estaba actualizada o que se despistaron. También me han comentado por hay que al IMSM le interesa que nos acogamos al crédito cualificado, ya que es Caja Madrid quién ha adelantado la pasta para las obras y les hacemos una putadilla si pasamos de ellos.

Gracias por vuestra información, un saludo.

Lo q paso es q entre q firmasteis el contrato vosotros y nosotros (prom 38) paso un año mas o menos y cambio el ministerio de vivienda la normativa y como todavia no te has acogido al prestamo, pues se te aplica la normativa vigente, si volviera a cambiar en 3 meses, volveria a pasar lo mismo.
Y sobre lo del IMS, pues puede ser q le interese por eso, pero vamos tu preocupate de lo q te interesete a ti y si tienes previsto descalificar y vender el piso en unos años, no te acojas al prestamo puente. Yo me voy a coger porque no tengo intencion de cambiar de piso, pero estas en tu derecho de pedir la hipoteca q quieras, eso si ninguna va a ser mejor q este prestamo, q por cierto tiene un inconveniente q me parece fatal y es q solo se puede amortizar en cuota, no en tiempo, con lo q si pudieras amortizar, estarias palmando pasta por los intereses..
En fin es valorarlo un poco todo, no es la panacea de los prestamos, pero esta muy bien!! Suerte
 
A
asantos2
28/08/2007 14:34
Hola Bea y Miguel,

Ya veo que hay alguien más que también se lo ha mirado.
Me ha despistado un poco lo que pone en el contrato de compra venta que firmamos con el IMSM respecto al tema de liquidar el crédito cualificado y el tiempo de protección de la vivienda. Imagino que la información que tenian cuando la redactaron no estaba actualizada o que se despistaron. También me han comentado por hay que al IMSM le interesa que nos acogamos al crédito cualificado, ya que es Caja Madrid quién ha adelantado la pasta para las obras y les hacemos una putadilla si pasamos de ellos.

Gracias por vuestra información, un saludo.
 
B
bea_miguel
23/08/2007 17:15
asantos2 dijo:

Hola Zepo,

La información la he sacado de la Comunidad de Madrid (oficina de la vivienda) y del Ministerio de Vivienda, del departamento que se ocupa de los créditos cualificados y ayudas estatales.

Si tu compraras la casa sin acogerte al crédito cualificado podrías pedir la descalificación voluntaria a partir de los 15 años, pero si te acoges al crédito cualificado entonces tienes que esperar hasta los 30 años, sin posibilidad de pedirlo antes, ni aunque liquides el crédito cualificado.

Por favor si alguien sabe algo mas sobre este asunto, se agradeceria que lo compartiese, jeje.

Saludos.




Lo que dices es totalmente cierto, figura en la pagina del ministerio y en la de la CAM, además nos lo comento la abogada, si tienes en mente descalificar a los 15 años no te acojas al prestamo cualificado, seguirias tenido el cheque vivienda, pero las ayudas estatales las perderias.
 
A
asantos2
22/08/2007 01:40
Hola Zepo,

La información la he sacado de la Comunidad de Madrid (oficina de la vivienda) y del Ministerio de Vivienda, del departamento que se ocupa de los créditos cualificados y ayudas estatales.

Si tu compraras la casa sin acogerte al crédito cualificado podrías pedir la descalificación voluntaria a partir de los 15 años, pero si te acoges al crédito cualificado entonces tienes que esperar hasta los 30 años, sin posibilidad de pedirlo antes, ni aunque liquides el crédito cualificado.

Por favor si alguien sabe algo mas sobre este asunto, se agradeceria que lo compartiese, jeje.

Saludos.

 
_
_Zepo_
21/08/2007 17:28
Hola vecin@s!!!

Asantos2, donde has conseguido esa informacion? Pq es la segunda vez q lo leo en algun foro de nuestras promociones y la verdad preocupa...
Segun la nueva ley lo que ha cambiado es el plazo para amortizar el prestamo cualificado pasando de 20 a 25 años...
Si miras la guia del plan de vivienda 05/08 de la comunidad de madrid, pone expresamente como una de las obligaciones del adjudicatario que la descalificación no podrá ser antes de 15 años a partir de la calificación definitiva.

Corregirme si estoy confundido y si podeis decirme donde encontrar el enlace...

Salu2!!!
 

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