os trascribo parte de la calificacion provisional.
" Para hacer constar q el presente expediente tramitado bajo
referencia arriba indicada y que obtuvo la calificacion provisional al
amparo del decreto 11/2001 de 25 de eenro modificado por el decreto
45/2002 de 14 de marzo a solicitud del interesado pasa a acogerse a
los precios máximos de venta fijados en la orden 2863/2004 de 8 de
noviembre de 2004 de la ocnsejeria de medio ambiente y ordenación del
territorio, de acuerdo ocn lo establecido en el apartado 2a) y c) del
articulo unico de la orden del 15 de diciembre.
En este unico sentido se modifica la cédula original.
En ningún caso esta modificación puede ir en perjuicio de terceros.
madrid 28 dic 2005...." lo estoy mirando y esto no solo afecta a las plazas de garaje no
vinculadas, tb modifica le precio maximo de venta de las viviendas,
yo firme el dia 2 de diciembre del 2005, por lo tanto no se habia
efectuado el cambio, cada vez q miramos mas cosas mas irregularidades
hay.
mañana miercoles intentare volver a obra nueva, o llamar a q me den
la calificación previa, pero esto es muy fuerte, espero q no sea
verdad, pq solo les faltaba esto.
si en la segunda plaza de garaje la diferencia eran 4000 euros mas con
el nuevo precio, eso sin iva, imaginaos la plaza vinculada mas el
piso, mas la plaza no vinculada....
estoy mirando y he encontrado lo siguiente:
"Orden 2863/2004, de 8 de noviembre, de la Consejería de Medio
Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se adecuan los
precios máximos de venta de las viviendas protegidas a lo dispuesto en
el Real Decreto 1721/2004, de 23 de julio (BOCM de 15 de noviembre de
2004) "
http://www.boe.es/boe/dias/2002/01/12/pdfs/A01491-01510.pdf he mirado la orden 1721/2004 y no hace referencia a ningun cambio en
precio maximo de venta y dice q esta orden modifica al Real Decreto
1/2002 donde en el articulo 2 dice que le precio basico a nivel
estatal de venta seran 623,77 EURO 7m² y q este precio basico servira
para determinar lso precios máximos de venta. y q aunq las comunidades
autonomas pueden fijar el precio no puede superar lo q dice el
articulo 14.
El articulo 14 establece q los precios máximos de venta no pueden
superar 1,56 veces el precio basico del articulo 2, es decir, 973,08 EURO/
m² por superficie útil.
con la orden 2863/2004 el precio maximo de venta es 1.263,49 EURO/m² que
es lo q nos han cobrado. es decir q como minimo nos han cobrado 290,41
EURO/m².
tenemos q hacer algo ya.
mas saludos